REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-002493
Visto el escrito de pruebas (folios 40–43 inclusive) presentado por el abogado Yojalberth Ulichny P., en su condición de apoderado judicial (folios 11–14 inclusive) del accionante, este Tribunal a los fines de providenciar lo conducente, lo hace sobre la base de las siguientes consideraciones:
PRIMERO: En cuanto a las Instrumentales reseñadas en el capítulo “I”, se deja constancia que componen los folios 44–60 inclusive, las cuales se admiten salvo su apreciación en la sentencia de mérito.
SEGUNDO: Con relación a las Exhibiciones señaladas en el capítulo “II”, particular “1”, el Tribunal la desecha por tratarse de un presunto contrato bilateral celebrado entre el demandante y la accionada que por máximas de la experiencia debe hallarse en poder de la promovente, pudiendo traerlo a juicio en original o copias, conforme al artículo 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Lejos de eso, el Tribunal ordena a la accionada presentar, en la oportunidad señalada para que tenga lugar la audiencia de juicio, los originales de los “recibos de pago” cursantes a los folios 48–60 inclusive.
Por último, se hace saber a las partes que deberán comparecer a la audiencia de juicio tanto el demandante como los órganos directivos y gerenciales de la accionada que tengan conocimiento preciso sobre lo demandado, quienes se consideran juramentadas conforme al artículo 103 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, para contestar al Juez de Juicio las preguntas que éste tenga a bien formularles.
El Juez de Juicio,
CARLOS J. PINO A.
La Secretaria,
YRMA ROMERO.
CJPA/Ifill.-