REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Tribunal Sexto (6°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 28 de septiembre de dos mil diez
200º y 151º

ASUNTO : AP21-L-2010-004359

Visto el Escrito Transaccional, presentado en fecha 24 de septiembre de 2010, por el ciudadano GREGORIO RUIZ, parte actora en el presente juicio, debidamente asistido por el Abg. JESUS MOLINA, IPSA N° 130.235; y por la otra el Abg. JAVIER QUINTANA , ipsa n° 131.087, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, mediante la cual la parte demandada ofrece por vía transaccional, a los fines de poner fin al presente juicio la cantidad de DIECISEIS MIL BOLIVARES FUERTES TRESCIENTOS OCHO CON VEINTE Y NUEVE CENTIMOS (Bsf. 16.308,29), con ocasión a la demanda que por PRESTACIONES SOCIALES incoare el ciudadano GREGORIO RUIZ, contra CONJUNTO PROYECTO TERRAZAS DEL SEBUCAN, TORRE A, CONJUNTO PROYECTO TERRAZAS DEL SEBUCAN, TORRE B, CONJUNTO PROYECTO TERRAZAS DEL SEBUCAN, TORRE C, y CONJUNTO TERRAZAS DEL SEBUCAN TORRE D, este Juzgado previa, revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA, Cúmplase con lo ordenado.

El Juez

Secretaria

Abg. Felix Milano


Abg. ANABELLA FERNANDES