REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 27 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: AH14-V-2004-000125
PARTES DEL PROCESO:
PARTE ACTORA: LUIS ENRIQUE DIAZ ESCALONA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V-2.767.487.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: REINA ELIZABETH SEQUERA, ALEJANDRO NÉSTOR TINEO SALAS, FÉLIX ALFREDO VEGAS MARTINEZ y ANTONIO GIL ALTUVE, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 28.301, 6.244, 21.954 y 67.895.-
PARTE DEMANDADA: LUIS SILVESTRE FERNANDEZ DI TOMO, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V- 2.767.490, y la empresa INVERSIONES DI TOMO FERNANDEZ C.A., debidamente inscrita ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 07 de junio de 1994, bajo el Nº 74, Tomo 71-A-Pro.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: GLADIMIR PACHANO y RAMON HADDAD, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 35.783, y 1.924 respectivamente, representaciones del co-demandado ciudadano LUIS SILVESTRE FERNANDEZ DI TOMO, y HAIDEE LORENZO de QUINTERO, ANGEL MANUEL QUINTERO LORENZO, MICELES RÍOS NORIEGA , OLIVIA BASTARDO y FELIX ALFREDO VEGAS MARTINEZ, inscritos en el inpreabogado bajo el Nº 12.599, 59.323, 87.407, 84.169 y 21.954 respectivamente, en representación de co demandada Sociedad Mercantil Inversiones Di Tomo Fernández C.A.-
OBJETO DE LA DEMANDA: ESTIMACIÓN E INTIMACION DE HONORARIOS PROFESIONALES EXTRAJUDICIALES.-
La presente causa se inicia por libelo de demanda introducido por ante el Juzgado Distribuidor Undécimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en virtud de la Distribución fue asignado a este Tribunal su conocimiento, sustanciación y decisión, quién lo admitió por auto de fecha 06 de mayo de 2004.-
Efectuado el desistimiento al procedimiento por la parte actora representada por la abogada REINA ELIZABETH SEQUERA, señalada en el presente juicio, es aplicable en este caso lo establecido en los Artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, que expresa:
ARTICULO 263: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…” (subrayado nuestro).-
En virtud de lo anteriormente expuesto éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO AL PROCEDIMIENTO EFECTUADO, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por la Abogada REYNA ELIZABETH SEQUERA, en fecha 22 de Julio de 2010, y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el mencionado DESISTIMIENTO.-
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 27 días del mes de Septiembre de 2010. Años 200º y 151º.
El Juez,
Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
En esta misma fecha, siendo las 9:52 AM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria
Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Asunto: AH14-V-2004-000125
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