Maracay, 20 de Septiembre de 2010
200º y 151º
ASUNTO: DP11-L-2009-001098
ACTA
PARTE ACTORA: WILLIAMS EVELIO PIÑA, titular de la cédula de identidad Nº V-7.213.230.- (NO COMPARECIO)
APODERADAS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ISVEL RODRIGUEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 116.971.- (NO COMPARECIO)
PARTES DEMANDADAS: UNION SANTA ROSA, ASOSCIACION CIVIL DE AUTOS POR PUESTOS y APARICIO MENDEZ URBINA, solidariamente.-
APODERADO JUDICIAL DE LAS PARTES DEMANDADAS: ASTRID MEDINA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 86.313.-
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.-

En el día hábil de hoy, 20 de Septiembre de 2010, siendo las 11:00 a.m, oportunidad fijada para la celebración de la prolongación de la Audiencia Preliminar en el presente juicio; se deja constancia que la apoderada judicial de la parte accionada, otorgo un lapso de espera de 10 minutos a la parte demandante. Siendo las 11:10 a.m, vencido como se encuentra dicho lapso de espera este Tribunal deja expresa constancia de la NO comparecencia de la parte actora ciudadano WIILIAMS EVELIO PIÑA, supra identificados a la realización de la Prolongación de la Audiencia Preliminar, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, asimismo, el Juez deja constancia de la comparecencia de la apoderada judicial de las partes accionadas en el presente asunto, abogada en ejercicio ASTRID MEDINA, en este estado y visto lo anteriormente señalado, es por lo que conforme a las previsiones del Artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.
EL JUEZ

DR. JUAN CARLOS BLANCO MUÑOZ.

LA APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACCIONADA


EL SECRETARIO

ABOG. CARLOS VALERO.-