REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA




JUZGADO SEGUNDO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
EXPEDIENTE Nº 9249-10
SOLICITANTES: MILAGROS CAROLINA GUEVARA MIJARES y NEHOMAR JAIL GOMEZ REGALADO, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-12.566.493 y V-13.355.546 respectivamente, asistidos por la Abogado YASMIRA AURISTELA SANCHEZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 145.236.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A

Con vista a la presente solicitud presentada en este Tribunal por Distribución en fecha Seis ( 06 ) de julio de Dos Mil Diez ( 2.010 ), por los SOLICITANTES, por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente.
Alegan los SOLICITANTES, que en fecha Ocho ( 08 ) de Febrero de Mil Novecientos Noventa y Siete ( 1.997 ) contrajeron Matrimonio Civil por ante el Municipio Mariño del Estado Aragua.
Que de la unión matrimonial no procrearon hijos, que en la actualidad son mayores de edad.
Igual dicen, que se separaron hace más de diez (10) años, sin que existan entre ellos ninguna clase de vinculo marital.
Vencidos los lapsos establecidos en la presente actuación, pasa este



Juzgado a decir la misma con las siguientes observaciones:

- I -
Vista las presentes actas que dieron inicio a estas actuaciones este
Juzgado observa: Que se le ha dado cumplimiento a los trámites legales señalados, en fecha Diecinueve ( 19 ) de Julio de Dos Mil Diez ( 2010 ), se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público, tal como consta al folio 6.
Al folio 7, corre inserta diligencia suscrita por el alguacil de este Juzgado, a través de la misma consignó Boleta de Notificación recibida por la Secretaria del Fiscal Superior del Estado Aragua.
En diligencia suscrita por la Fiscal del Ministerio Público de fecha Cuatro ( 04 ) de Agosto de Dos Mil Diez ( 2010 ), la cual corre al folio 9, no hizo ninguna objeción a la solicitud presentada.

- II -