REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN Y DEL RÉGIMEN TRANSITORIO DE PROTECCIÓN
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA. CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCION. TRIBUNAL PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACION, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y REGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS. Maturín, 30 de septiembre de 2010.-
200° y 151°
ASUNTO: JMS1-S-2010-000655
Vista la solicitud de AUTORIZACION DE RENOVACIÓN DE VISA, presentada por la ciudadana LOURDES PILAR RINCON CEDEÑO, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.839.884, de este domicilio, asistida por el abg. VERONICA GUTIERREZ, en su carácter de Defensora Público Primera de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, quien actúa en nombre de su hijo (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), admítase, anótese, numérese y fórmese expediente. Se suprime la audiencia preliminar por cuanto esta resulta inoficiosa, dada la celeridad del procedimiento. En consecuencia, este Tribunal acuerda de conformidad con lo establecido en el Artículo 22, de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, AUTORIZAR a la ciudadana arriba identificada, para que realice ante las Autoridades competentes de la EMBAJADA AMERICANA la obtención de la visa de su hijo (CUYA IDENTIFICACIÓN SE OMITE DE CONFORMIDAD CON EL ARTICULO 65 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTE), y demás trámites legales que sean necesarios. Expídase por secretaría copias certificadas de estas actuaciones y entréguesele a la interesada, a los fines legales consiguientes. Cúmplase.-
LA JUEZA
ABG. ELINA CIANO DE COOL’S
LA SECRETARIA
Abg. DIANA MINERVA LEZAMA
JMS1-S-2010-000655
ECDC/Dch.-