REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2006-001299
Vista la anterior diligencia suscrita por la joven MARICELIS DEL VALLE BOGARIN CASTILLO plenamente identificada, asistida por la abogada CARMEN ZORAYA GARCIA, en su carácter de Defensora Pública Undécima de Protección y leído como fue el contenido de la misma; este Tribunal, previa revisión de las actas que conforman el presente asunto, evidencia que la joven antes identificada alcanzó la mayoridad, tal como se desprende de la copia fotostática del acta de nacimiento, que riela al folio N° 02 del asunto y en consecuencia de ello, se AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la joven MARICELIS DEL VALLE BOGARIN CASTILLO, titular de la cédula de identidad N° V-21.073.740, para que movilice libremente la cuenta de ahorros N° 0003-0081-19-0100179592 del Banco Industrial de Venezuela, a nombre de la prenombrada, para lo cual se acuerda oficiar lo conducente a la Oficina de Control de Consignaciones, a objeto de que se sirvan girar las instrucciones pertinentes al caso. Cúmplase.
LA JUEZ
Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO
Abg. LUIS MORALES.
AVR/LM/Carolina