REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección del Niño, Niña y del Adolescente
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Y Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Quinto (5to.) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación

Caracas, veinticuatro (24) de septiembre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: AP51-J-2010-013808
Vistas las actas que conforman el presente asunto y cumplidos como han sido los requisitos de Ley, este Tribunal de acuerdo a lo previsto en el artículo 22 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente AUTORIZA SUFICIENTEMENTE a la ciudadana EI-LING FABIOLA PEREZ YAJURE, titular de la cédula de identidad N° V-10.541.122 para que pueda tramitar la expedición del pasaporte de su hijo, el adolescente ----------- ante el Servicio Autónomo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), por lo que queda sustituido por orden de este Tribunal el consentimiento de la madre para la expedición del citado documento antes la autoridad competente. Expídase por secretaria copia certificada del escrito de la solicitud y de la presente decisión, para lo cual se INSTA a la parte interesada a consignar los fotostatos correspondientes; una vez cumplido, se proveerá lo conducente. Cúmplase.
LA JUEZ

Abg. AIMAR VALENCIA RIZO.
EL SECRETARIO

Abg. IVAN CEDEÑO.
AVR/IC/Carolina Parra