REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional.
Tribunal Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y
Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.
Caracas, veintinueve 29 de septiembre de dos mil diez (2010).
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2009-019377
Revisadas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial la diligencia de fecha 21/09/2010, suscrita por la joven ELIANI VICTORIA BERRIOS ESTEVES, titular de la cédula de identidad N° V-21.117.852, debidamente asistida por la abogada YANETH GUERRA, Defensora Pública Novena de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, y el pedimento en ella contenido, este tribunal acuerda lo siguiente:
Visto que la ciudadana ELIANI VICTORIA BERRIOS ESTEVES, antes identificada, es beneficiaria junto con su hermana SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de ocho (08) años de edad, y esta primera alcanzó la mayoría de edad según acta de nacimiento N° 1473, emanada por la Primera Autoridad Civil de la Parroquia Antimano, Municipio Libertador del Distrito Capital en fecha 09/07/2010. Este Tribunal Noveno de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, AUTORIZA amplia y suficientemente a la joven ELIANI VICTORIA BERRIOS ESTEVES, titular de la cédula de identidad N° V-21.117.852, a movilizar y disponer de la cuota parte que le corresponde del dinero que se encuentra en la cuenta de ahorros Nº 0003-0081-16-0100481698 del Banco Industrial de Venezuela, en virtud de haber alcanzado la mayoría de edad, según se evidencia en su acta de nacimiento que corre inserta al folio 06 del presente expediente; por tal razón se ordena librar oficio a la Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial (OCC), a los fines de tramitar lo conducente. Cúmplase.-
LA JUEZ,
ABG. DANIA RAMÍREZ CONTRERAS. LA SECRETARIA,
ABG. SALLY GUERRERO.
DRC/SG/Freddy Molina
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