REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal de Primera Instancia para la Responsabilidad Penal
Del Adolescente en Función de Ejecución del
Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 25 de Abril de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2006-001781
ASUNTO : NP01-P-2006-001781



JUEZA DE EJECUCION: ABG. MARBELYS JOSEFINA PALACIOS PACHECO
SECRETARIA: ABG. ANGELICA BARILLAS
SANCIONADO: IDENTIDAD OMITIDA
DEFENSOR PRIVADO: ABG. LISBETH PERUGINI
FISCAL 10° DEL MINISTERIO PÚBLICO: ABG. MIRIAN GARELLI
DELITO: DESVALIJAMIENTO DE VEHICULO
RESOLUCION: CESACION DE LIBERTAD ASISTIDA Y REVISIÓN DE MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD.

De conformidad con la función conferida por el Artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, este Tribunal procede a efectuar la Revisión de la Medida que cumple el joven adulto IDENTIDAD OMITIDA, este Tribunal pasa a revisar la medida en los siguientes términos:

En la última Revisión de Medida realizada en fecha 21 de Enero del 2011, se mantuvo la medida de libertad asistida y se ordenó el inicio en el cumplimiento de la Medida SERVICIOS A LA COMUNIDAD que debía cumplir el sancionado de manera SUCESIVA por el lapso de TRES (03) Meses siendo impuesto de esa decisión dictada por este tribunal en fecha 15 de Febrero del 2011, luego compareció en fecha 25-02-11, informando que cumpliría el servicio comunitario en la escuela Básica “Josefina de Fierro” ubicada en Las Palmitas de Caripito estado Monagas, comprometiéndose a cumplir la medida en dicha escuela, ese mismo día se le entregó Oficio dirigido a la mencionada Institución a los fines que lo aceptaran e iniciara la medida servicios a la comunidad. En la última Revisión se fijó para el día de hoy la aproxima revisión.

Y siendo que en fecha 28 de febrero del 2011, se recibió informe de Evaluación Conductual emanado del Departamento de Servicio social, correspondiente al sancionado IDENTIDAD OMITIDA, en la cual se concluye que “dicho joven finaliza su libertad asistida con pronostico favorable, recomendándose el cese de la misma por cumplimiento del tiempo establecido y continuar con la medida de servicio comunitario el cual ya viene realizando”; sin embargo, esta juzgadora, en vista que en autos no existe constancia emanada de la Escuela Básica “Josefina de fierro”, donde se corrobore que efectivamente el joven está cumpliendo con la medida impuesta, se traslada hasta Departamento de Servicio social y es atendida por la Licenciada Erika Lara, quien puso a la vista del tribunal, la carpeta correspondiente al ciudadano antes mencionado y en la misma se observa, que efectivamente ha cumplido a cabalidad sus presentaciones, haciéndose la acotación que el mismo esta realizando el servicio comunitario, haciéndose la salvedad que en la próxima presentación el mismo consignaría constancia de cumplimiento del servicio comunitario, a todo evento, este Tribunal acuerda oficiar a la escuela Básica: Josefina de fierro” ubicada en las Palmitas de Caripito estado Monagas, a los fines de que informen si el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, esta cumplimiento con el servicio comunitario encomendado por este tribunal.-

Por lo que se determina que hasta el día de hoy 25 de Abril del 2011 el sancionado IDENTIDAD OMITIDA, ha dado cumplimiento a la Medida DE LIBERTAD ASISTIDA por el lapso de DOCE (12) MESES Y CUATRO DIAS, haciendo la salvedad que para el día 21-04-11, fecha tope de cumplimiento de la medida de libertad asistida, no hubo despacho, en virtud del asueto de semana Santa.

Este Tribunal considera Prudente Revisar y Cesar la Medida DE LIBERTAD ASISTIDA, y SE CONTINUAR EN EL CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA SERVICIOS A LA COMUNIDAD POR EL LAPSO DE TRES (03) MESES. Así se decide.

DISPOSITIVA

En virtud de todo lo antes expuesto este Juzgado de Ejecución, Sección Adolescente del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: PRIMERO: SE REVISA Y CESA POR TOTAL CUMPLIMIENTO LA MEDIDA DE LIBERTAD ASISTIDA impuesta al ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, de conformidad con el Articulo 647 literal h de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente. SEGUNDO: SE ORDENA LA CONTINUIDAD EN EL CUMPLIMIENTO DE LA MEDIDA DE SERVICIOS A LA COMUNIDAD, de conformidad con lo establecido en el artículo 647 literal “e” de la Ley Orgánica Para la protección del Niño Nina y del Adolescente. Se acuerda librar oficio a la escuela Básica: Josefina de fierro” ubicada en las Palmitas de Caripito estado Monagas, a los fines de que informen si el ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, esta cumplimiento con el servicio comunitario encomendado por este tribunal.- Impóngase del presente auto al ciudadano SANCIONADO. Se fija como fecha para próxima Revisión el 25 de Mayo del 2011. Notifíquese al Fiscal Décimo del Ministerio Público, y a la Defensa. Oficiar y remitir copia de la presente decisión a la Trabajadora Social Adscrita a esta Sección de Adolescente. Cúmplase

La Jueza,


ABG. MARBELYS PALACIOS

La Secretaria,


ABG. ANGELICA BARILLAS