REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 27 de Abril de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AH14-M-2008-000003

PARTE ACTORA: los Ciudadanos LEONARDO ANGELO BONATO PARENTI, NERA PARENTI BONATO, IDA MARGARITA PARENTI DE CORVINO, GIUSEPPE PAOLO BONATO ZANGIROLAMI y LIANA GHISELLI DE BONATO, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cedulas de identidad Nº V.-7.929.399, V.-3.237.907, V.-4.812.463, E.-119.103 y E.-644.405.-
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: ALEXANDER PREZIOSI, MARIA CAROLINA SOLORZANO, ALVARO PRADA y ALFREDO ABOU-HASSAN, abogados en ejercicio, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 38.998, 52.054, 65.692 y 58.774.-
PARTE DEMANDADA: La Sociedad Mercantil ASERRADERO LOS TRES ROBLES, C.A., domiciliada en caracas, quedando anotada dicha constitución bajo el Nº 60, Tomo 11-A.-
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTA EN AUTOS.-
OBJETO DE LA DEMANDA: COBRO DE BOLIVARES.-

La presente causa se inicia por libelo de demanda introducido por ante el Juzgado Distribuidor de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y en virtud de la Distribución fue asignado a este Tribunal su conocimiento, sustanciación y decisión, quién lo admitió por auto de fecha 02 de Mayo de 2008.-
Efectuado el desistimiento al procedimiento por la parte actora representada por el abogado LEONARDO ANGELO BONATO, previamente señalado en el presente juicio, es aplicable en este caso lo establecido en los Artículos 263 del Código de Procedimiento Civil, que expresa:

ARTICULO 263: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria…” (subrayado nuestro).-

En virtud de lo anteriormente expuesto, éste Tribunal Cuarto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DA POR CONSUMADO EL DESISTIMIENTO DE LA ACCION Y DEL PROCEDIMIENTO EFECTUADO, en el presente juicio, en los términos expuestos en la diligencia suscrita por el Abogado LEONARDO ANGELO BONATO, en fecha 16 de Marzo de 2011, y de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil DECLARA COMO SENTENCIA PASADA EN AUTORIDAD DE COSA JUZGADA, el mencionado DESISTIMIENTO.-

PUBLIQUESE Y REGISTRESE

Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado 4º de 1era Ins. C.M.T.B. En la Ciudad de Caracas, a los 27 días del mes de Abril de 2011. Años 201º y 152º.

El Juez,

Abg. Carlos A. Rodriguez Rodriguez
La Secretaria

Abg. Maitrelly Vanessa Arenas

En esta misma fecha, siendo las 12:48 PM, previo el cumplimiento de las formalidades de Ley, se publicó y registró la anterior sentencia, dejándose en la Unidad de Archivo la copia certificada a la cual hace referencia el artículo 248 de Código de Procedimiento Civil.
La Secretaria

Abg. Maitrelly Vanessa Arenas
Asunto: AH14-M-2008-000003
CARR/MVA/mv