REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL DÉCIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Segundo de Sustanciación, Mediación y Ejecución
de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, 06 de Abril de 2011
200º y 152º
ASUNTO: DP11-S-2011-000064
Vista la diligencia cursante al folio diez y seis (16), suscrita por la ciudadana Abogada KELYS ALCALÁ KEY, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 40.192, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte Oferente la Empresa “ACEROS GALVANIZADOS P & M, C.A.”, mediante la cual DESISTE del presente procedimiento, por cuanto la parte Oferida ciudadano ELADIO JOSÉ LÓPEZ, titular de la cédula de identidad N° V-8.743.318, recibió el pago de sus prestaciones y otros derechos laborales, y consigna copia de la transacción celebrada y del cheque entregado; este Tribunal Décimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, los recibe y ordena agregar a los autos y en consecuencia se ordena oficiar a la (OCC) Oficina de Control de Consignaciones de este Circuito Judicial, a los fines de informar sobre el desistimiento efectuado. Y no habiendo otra actuación que efectuar, se ordena el cierre y archivo del presente expediente. Líbrese Oficio.
LA JUEZ.,


DRA. NAZARET D. BUENO C.
EL SECRETARIO,

ABOG. LUIS SARMIENTO

NDBC/LS/yraima