REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS GIRARDOT Y MARIO BRICEÑO IRAGORRY DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

SOLICITANTES: LEISBERT LAURIE TREMON CARRUIDO Y
LEONARDO JOSÉ HERNÁNDEZ VIERA.
MOTIVO: DIVORCIO 185-A
EXPEDIENTE N°: 91-11
SENTENCIA DEFINITIVA

En fecha 18 de Febrero de 2.011, los Ciudadanos LEISBERT LAURIE TREMON CARRUIDO Y LEONARDO JOSÉ HERNÁNDEZ VIERA, venezolanos, mayores de edad, de éste domicilio, cónyuges, titulares de las cédulas de Identidad Nros. V-12.062.039 y V-9.683.856 respectivamente, debidamente asistidos por el Abogado en Ejercicio: CARLOS FIDEL GUERRERO, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N° 55.044, presentaron escrito de solicitud de Divorcio por ruptura prolongada de la vida en común, de conformidad con lo establecido en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, manifestando que desde hace más de cinco (5) años están separados, y que de la unión conyugal no procrearon hijos, y no adquirieron bienes.
Admitida la solicitud en fecha 22 de Marzo de 2.011, se ordenó la notificación de la Fiscal del Ministerio Público del Estado Aragua en Materia de Familia, cuyas resultas corren insertas a los folios (8 y 9) del expediente.

PARA DECIDIR SE OBSERVA:

De la revisión de las actas que conforman el presente expediente se observa que están llenas las exigencias establecidas en el Artículo 185-A, del Código Civil Vigente, resultando procedente la solicitud de divorcio formulada.