REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL

TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, Trece (13) de abril de Dos Mil Once (2011)


ASUNTO: AP51-V-2009-008918.
Motivo: OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN.
Demandante: JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ ACOSTA, titular de la cédula de Identidad número V-6.927.718.
Demandada: OMAIRA SEPULVEDA titular de la cédula de Identidad número V-9.193.512.

Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el expediente, contentivo de la demanda de OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, presentada por el ciudadano JOSÉ MANUEL GONZÁLEZ ACOSTA, ut supra identificado y asistido de abogado; este Tribunal, observa que en fecha 26/05/2009, dicho ciudadano, consigna diligencia mediante la cual desiste de la presente causa. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, HOMOLOGA, en todas y cada una de sus partes dicho desistimiento, y le da carácter de cosa Juzgada. Se ordena el cierre y archivo del expediente. Y ASI SE DECIDE.
PUBLIQUESE Y REGISTRESE
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, a los Trece (13) días del mes de abril de Dos Mil Once (2011). Años: 200° de la Independencia y 152° de la Federación
LA JUEZ

DRA. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA

ABG. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero