REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, 14 de abril de 2011
200º y 151º
ASUNTO : AP51-J-2011-006012
SOLICITANTE: ROSA TIBISAY ROSALES PARADA, venezolana, mayores de edad, titular de la cédula de identidad N° V-16.681.061.-
NIÑO: (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna)
ABOGADO: DALENA CARDENAS, Defensora Pública Décima Primera (11°)
MOTIVO: Carga Familiar.
Vista la anterior solicitud de JUSTIFICATIVO DE CARGA FAMILIAR, presentada por la ciudadana ROSA TIBISAY ROSALES PARADA, ut supra identificada, actuando en nombre y representación de su hijo (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna)asistidos por la Abogado DALENA CARDENAS, en su condición de Defensora Pública Décima Primera (11°) por la cual solicitó que su hijo, fuese declarado carga familiar de su padre, ciudadano VICTOR ARGENIS ROSALES VARGAS, titular de la cédula de identidad No. V- 6.055.888. En consecuencia, este Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, cumplidas como fueron las formalidades de Ley, administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara PROCEDENTE la solicitud y en consecuencia se declara al niño ANGEL XAVIER ORTIZ ROSALES, carga familiar del ciudadano VICTOR ARGENIS ROSALES VARGAS, titular de la cédula de identidad No. V- 6.055.888. Expídanse por secretaría las copias certificadas que sean necesarias a los interesados con inserción de la presente sentencia, de conformidad con los artículos 11 y 112 del Código de Procedimiento Civil. Líbrese lo conducente. Cúmplase.-
Publíquese y Regístrese
Dada, firmada y sellada en el Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. En Caracas, a los catorce (14) días del mes de abril del año dos mil once (2011). Años 200° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ
ABOG. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA
Abg. ADRIANA MIRELES
Jennifer
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