REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR QUINTO AGRARIO Y CIVIL-BIENES DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS CON COMPETENCIA EN LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION SUR ORIENTAL.
Maturín, 09 de Agosto de 2011
201º y 152º
Visto el escrito presentado en fecha 08 de agosto de 2011, por el abogado ROBINSON NARVAEZ RODRIGUEZ, actuando en su de apoderado Judicial de los ciudadanos EMIDIO JOSE DE SOUSA Y NORIELA YENNIFE SUAREZ MENESES, con el cual promueve pruebas, este Tribunal, siendo la oportunidad para pronunciarse sobre su admisibilidad, pasa a decidir en los siguientes términos:
I
DE L AS DOCUMENTALES
Con relación a la promoción realizada en el punto único del escrito probatorio, este Tribunal las admite en cuanto ha lugar en derecho se refiere, salvo su apreciación en la sentencia definitiva, por no ser manifiestamente ilegales ni impertinentes, así se decide.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Superior Quinto Agrario y Civil Bienes de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas con Competencia en lo Contencioso Administrativo de la Región Sur Oriental. En Maturín a los nueve (09) día del mes de julio del Año Dos Mil Once (2011). Año 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
La Juez Provisoria
LAURA C TINEO RAMOS
El Secretario,
JOSÉ FRANCISCO JIMÉNEZ
LCTR/JFJ/ed.-
Exp. Nº 4572
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