REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO, DE PROTECCIÓN Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL
DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 08 de Agosto del 2011
201º y 151º
Expediente N°: 23.451 - 11
Demandante: JESUS ENRIQUE PALMA ALVARADO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°: 10.362.861, domiciliado en la Urbanización Las Mercedes, Cionjunto Residencial El Bosque, Condominio N°: 2,, La Ceiba, Edificio N°: 05, Apartamento 3-6, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua
Demandado: KAROL CRISTINA MATTEY LANDAETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de Identidad N°: 12.120.054, domiciliada en la Urbanización Bolívar Norte, Calle Carlos Blank, Residencias Blank, Torre 3, Piso 2, Apartamento 2-A, La Victoria, Municipio José Félix Ribas del Estado Aragua
Motivo: Divorcio
Por cuanto en fecha 21 de Junio de 2011, consta de los autos que el Alguacil del Despacho, recibo de citación de la ciudadana Karol Cristina Mattey Landaeta, parte demandada en este procedimiento, y siendo esta la oportunidad fijada para la celebración del primer acto conciliatorio, y en virtud que ninguna de las partes comparecieron al acto, este Tribunal en uso de las atribuciones que le confiere el Artículo 756 del Código de Procedimiento Civil, DECLARA EXTINGUIDO el juicio, y por cuanto no hay más diligencias que practicar en este procedimiento, se declara terminado el asunto y se ordena el archivo del expediente.
La Jueza Provisoria
Abg. Maira Ziems
La Secretaria
Abg. Jheysa Alfonzo.
MZ/JA /Zlma
Exp. Nº: 23.451
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