REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, Primero (01) de Agosto de Dos Mil Once (2011)
201O y 152O
Vista la diligencia de fecha doce (12) de julio del dos mil once (2011), suscrita por la abogada Cora Farias Altuve, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.595, en su carácter de apoderada judicial de la Sociedad Mercantil Unicentro 102 y 103, C.A., parte recurrente en la presente causa, y los pedimentos contenidos en la misma, asimismo, visto el Oficio Nº 0725-2011-C, dirigido al Director General de Inquilinato del Ministerio del Poder Popular para Transporte y Comunicaciones, librado mediante auto de admisión en fecha ocho (08) de junio del dos mil once (2011), se evidencia que dicha Dirección se encuentra adscrita al Ministerio del Poder Popular para Vivienda y Hábitat, razón por la cual se ordena dejar sin efecto dicho oficio y librarlo nuevamente al Director General de Inquilinato adscrito al Ministerio del Poder Popular de Vivienda y Hábitat, igualmente vista la boleta Nº N-0209-2011-A, dirigida a la Sociedad de Comercio “Centro Comercial Unicentro el Marques”, se deja sin efecto, y asimismo en virtud de que no se deriva de las actas que conforman el presente expediente domicilio procesal o identificación completa del tercer interesado, se ordena librar cartel de emplazamiento en el diario “Ultimas Noticias” o en el diario “Vea”, al arrendatario o arrendatarios, empresa o sociedad mercantil, de los locales Nros. 102 y 103 (unidos) del edificio “Centro Comercial Unicentro el Marques”, como terceros interesados en la presente causa, de conformidad con lo establecido en los artículos 80 y 81 de la Ley de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, los cuales disponen que deberá retirar el presente cartel de emplazamiento dentro de los tres (03) días de despacho siguientes a su emisión, publicará y consignará dicha publicación, dentro de los ocho (08) días de despacho siguientes a su retiro, de las misma forma se deja sin efecto los oficios Nros. 0725-2011-A, dirigido a la Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela, y el Nº 0725-2011-B, dirigido al Fiscal General de la República Bolivariana de Venezuela, y se ordena librarlos nuevamente una vez hechas las correcciones pertinentes. Líbrense oficios y cartel de emplazamiento.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp.1658/JVTR/EFT/ fm