REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Ocho (08) de Agosto de Dos Mil Once (2011).
201° y 152°
Vista la consignación del recibo de las ultimas de las notificaciones libradas, en el presente Recurso y en virtud de que el accionante no ha comparecido ni por si ni por medio de apoderados judiciales a fin de instar a que el Juez proceda a dictar sentencia, a los fines de garantizar el derecho a la defensa y al debido proceso establecido en el artículo 49 de la Carta Magna, este Tribunal ordeno la notificación de la sociedad mercantil Corpoven, S.A., o a sus apoderados judiciales, parte recurrente en la presente causa, para que informe dentro de un lapso de cinco (05) días de despacho siguientes a partir de que conste en auto el recibo de su notificación, si persiste interés en el presente recurso. Ahora bien por cuanto no consta domicilio procesal de la parte actora en las acta que integran el presente expediente, se ordena librar la boleta de notificación a la parte recurrente a las puertas de este Órgano Jurisdiccional, de conformidad con lo establecido en el artículo 174 del Código de Procedimiento Civil; con la advertencia de que transcurridos 10 días calendarios a partir de la publicación de la presente boleta y una vez que conste autos su acuse de recibo en el expediente se le tendrá por notificado.Líbrese boleta.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp.0426/JVT/EF/fm.