REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
EL TRIBUNAL TERCERO DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 03 de Agosto de Dos Mil Once
200º y 152º
ACTA
ASUNTO: DP11-L-2010-001244
PARTE ACTORA: LIUVIER ERASMO BATISTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.576.243. (NO COMPARECIÓ)
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: (NO COMPARECIÓ).
PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil METALURGICA RCR C.A.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado FERNANDO NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.413.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
En el día de hoy, Miércoles Tres (03) de Agosto de 2011, siendo las Dos y Treinta (02:30 p.m.) horas de la tarde, día y hora fijada para que tenga lugar la Audiencia de Juicio con motivo de la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES, intentara el ciudadano LIUVIER ERASMO BATISTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.576.243 contra Sociedad Mercantil METALURGICA RCR C.A., se constituye el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, en la Sala de Audiencias, presidida por la Juez Dra. MERCEDES CORONADO ROJAS, con la asistencia de la Secretaria ABG. JOCELYN C. ARTEAGA Z. y el Alguacil Ciudadano NICHOL RODRIGUEZ, razón por la cual se abre la sesión y se da inicio a la Audiencia de Juicio. La Secretaria deja constancia que en la Sala de Audiencias se encuentran presentes POR LA PARTE DEMANDANTE: NO COMPARECIÓ NI POR SI NI POR MEDIO DE APODERADO JUDICIAL. POR LA PARTE DEMANDADA: su apoderado Judicial abogado FERNANDO NIETO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 94.413. La ciudadana Juez de conformidad con lo previsto en el artículo 151 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo pasa a pronunciar el fallo oral, vista la incomparecencia de la parte demandante, este TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA, ADMINISTRANDO JUSTICIA, EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, declara: DESISTIDA LA ACCIÓN en el presente juicio por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentada por el Ciudadano LIUVIER ERASMO BATISTA CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V- 14.576.243 contra Sociedad Mercantil METALURGICA RCR C.A. Se deja constancia que la presente audiencia de juicio fue reproducida por medios audiovisuales de conformidad a lo estipulado por el artículo 162 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Asimismo el técnico Audiovisual encargado de dicha reproducción audiovisual es el ciudadano ANTONIO RIVERO. Dándose por cerrado el presente acto hoy 03 de Agosto de 2011, siendo las 2:40 p.m. Es todo, concluyó, se leyó y conformes firman.-
LA JUEZ,
DRA. MERCEDES CORONADO ROJAS
EL APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA
LA SECRETARIA
ABG. JOCELYN C. ARTEAGA Z.
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