REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición
Caracas, Diez (10) de Agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-013821
Motivo: TUTELA
Solicitante: ANA MIREYA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.448.055.
Abogados: Ma. MAGDALENA PEÑA FERNÁNDEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 16.847.
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por CONSTITUCIÓN DE CONSEJO DE TUTELA, presentada por la ciudadana ANA MIREYA DIAZ, ut supra identificada, asistida por la Abogado Ma. MAGDALENA PEÑA FERNÁNDEZ, actuando en interés de (SE OMITE EL NOMBRE) hermana de la solicitante y quien padece de parálisis cerebral y retardo mental severo en virtud del fallecimiento de sus padres SABINA DÍAZ DE ROA y JOSE DE LA CRUZ ROA DUQUE, quienes fueran titulares de las cédulas de identidad N° V-1.794.307 y V-1.794.199; así como vistas las juramentaciones y aceptaciones de los cargos, realizadas por todas las personas postuladas para conformar dicho consejo, oída la opinión de la adolescente de autos y habiéndose cumplido con los requisitos para ello; esta Juez del Tribunal Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio del Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, de conformidad con lo establecido en los artículos 301, 325 y 335 del Código Civil DISCIERNE LOS CARGOS de TUTORA a la ciudadana ANA MIREYA DIAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-5.448.055, PROTUTOR al ciudadano CIPRIANO DEL CARMEN DIAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V- 9.032.492, SUPLENTE DEL PROTUTOR a la ciudadana ALIX TERESA ROA DÍAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-9.127.251, y como MIEMBROS DEL CONSEJO DE TUTELA a los ciudadanos EDILIO RAMÓN LÓPEZ SUÁREZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-3.908.515, MIREDI YOLANDA LÓPEZ DÍAZ, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.601.385, EDWIN JOSÉ LÓPEZ DÍAZ venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-17.390.544 y EDIMIR ALEXANDER LÓPEZ DÍAZ venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad N° V-11.567.219, conformándose así el CONSEJO DE TUTELA de (SE OMITE EL NOMBRE) con todos los deberes inherentes a los mencionados cargos. Expídase por secretaría copia certificada de la presente decisión y entréguese a la parte interesada a los fines de que surtan sus efectos legales. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día Diez (10) de Agosto de Dos Mil Once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ,
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE
LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero
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