REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
CIRCUITO JUDICIAL DE PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS Y NACIONAL DE ADOPCIÓN INTERNACIONAL
TRIBUNAL DÉCIMO QUINTO (15°) DE PRIMERA INSTANCIA DE MEDIACIÓN, SUSTANCIACIÓN, EJECUCIÓN Y TRANSICIÓN
Caracas, Doce (12) de Agosto de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-014114
Motivo: Título de Únicos y Universales Herederos
Solicitante: OMIRSA LETICIA URBANEJA TOTESAUT, Venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. V-9.942.548.
Abogado: LEIDY REPILLOSA inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 127.909.
De Cujus: ENDER DANI PARADA BERMÚDEZ
Revisadas como han sido las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud que por Título de Únicos y Universales Herederos, presentada por la ciudadana OMIRSA LETICIA URBANEJA TOTESAUT, actuando en nombre propio, y en el de su hija (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna) asistida por la Abogado Leidy Repillosa, este Tribunal, observa del acta de fecha 11/08/2011, cursantes al folio 13 del presente asunto, que fueron promovidas y evacuadas las declaraciones de los testigos, ciudadanos JUVES ALEXANDER ROJAS CORDERO y YOMAR ENRIQUE BARRIOS FERMÍN plenamente identificados en dichas actuaciones, y cumplidas como fueron las formalidades de Ley, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declaran las presentes actuaciones JUSTIFICATIVO DE UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO, a favor de la adolescente (Se omite su identidad por disposición del artículo 65 de Lopnna) beneficiaria del de cujus ENDER DANI PARADA BERMÚDEZ, quien en vida fue titular de la cédula de identidad N° V-11.932.313. Devuélvase original con sus resultas a la parte solicitante. Y ASÍ SE DECIDE.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE
Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Décimo Quinto (15°) de Mediación y Sustanciación del Circuito Judicial del Tribunal Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional. En Caracas, al día Doce (12) de Agosto de dos mil once (2011). Años: 201° de la Independencia y 152° de la Federación.-
LA JUEZ,
Dra. LENNI CARRASCO DORANTE LA SECRETARIA,
Abg. ADRIANA MIRELES
LCD/AM/Abg. Tania Montero
|