REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO DE JUICIO DEL TRABAJO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial Laboral del Estado Aragua
Maracay, Primero (01) de Agosto de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: DP11-L-2010-001622
PARTE ACTORA: Ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ GONZALEZ, titular de la Cedula de Identidad Nro. 7.108.536.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: Abogado BEATRIZ DE BENITEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 30.898.

PARTE DEMANDADA: Sociedad Mercantil TRANSPORTE TRANSLUMI C.A.

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: Abogado STEFANO ORLANDO PIANTEDOSI VEROLINO, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 39.783.

MOTIVO: COBRO DE PRESATCIONES SOCIALES

Ingresado como se encuentra el presente expediente procedente del Juzgado Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Estado Aragua, y estando dentro del lapso establecido para admitir las pruebas en el presente procedimiento de conformidad con lo establecido en el Artículo 75 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal expone lo siguiente:
PRUEBAS DE LA PARTE ACTORA
CAPITULO I
DE LA PRETENSIÓN ACTORAL

En este Capitulo, explana y efectúa las consideraciones que considera pertinente, el tribunal se pronunciará en la definitiva.
CAPITULO II
DE LAS DOCUMENTALES
Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
Capitulo I:
1.- Marcada “A”, Carta de solicitud de vacaciones, de fecha 27 de Septiembre de 2010, que anexo al libelo de la demanda, y riela inserta al folio 75 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
2.- Marcadas “B”, Constancia de Trabajo, expedida en fecha 01 de Octubre de 2005, que anexo al libelo de la demanda y riela inserta al folio 76 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
3.- Marcada “C”, autorización para manejar, de fecha 12 de Mayo de 2004, que anexo al libelo de la demanda y riela inserta al folio 77 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
4.- Marcado “D”, Constancia de Trabajo, expedida en fecha 20 de Febrero de 2006, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserto al folio 119 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
5.- Marcados “E”, Constancia de Trabajo expedida en fecha 23 de Mayo de 2006, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserta al folio 120 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
6.- Marcado “F”, autorización para manejar gandola, expedida en fecha 13 de Julio de 2007, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserta al folio 121 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
7.- Marcado “G”, Hojas de Pago de Vacaciones, correspondientes a los periodos 2004-2005, 2006, 2007 y 2008, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserto a los folios 122, 123, 124, 125 y 126 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
8.- Marcado “H”, Hojas de pago de utilidades, correspondientes a los años 2004-2005, 2006, 2007 y 2008 que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserto a los folios 127, 128, 129 y 130 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
9.- Marcado “I”, Relaciones de Viajes, correspondiente al año 2004, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserto al folio 131, 132, 133, 134, 135, 136, 137 y 139 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
10.- Marcados “J”, Relaciones de Viaje, correspondiente al año 205, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 139, 140, 141, 142, 143, 144, 145, 146, 147 y , 148 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
11.- Marcada “K”, relaciones de viaje, correspondientes al año 2006, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y riela inserto a los folios 149, 150, 151, 152, 153, 154, 155, 156, 157, 158 y 159, de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
12.- Marcado “L, Relaciones de viajes, correspondientes al año 2007, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda y rielan insertos a los folios 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170 y 171 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
13.- Marcado “M”, Relaciones de viajes, correspondiente al año 2008, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 172, 173, 174, 175, 176, 177, 178, 179, 180, 181 y 182 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
14.- Marcado “N”, Relaciones de viajes, correspondiente al periodo comprendido desde el mes de diciembre de año 2008 al mes de agosto de 2009, , que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 183, 184, 185, 186, 187, 188, 189 y 190, de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
15.- Marcado “Ñ”, Relaciones de viajes, correspondiente al periodo comprendido desde el mes de septiembre al mes de diciembre del año 2009, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 191, 192, 193, del presente asunto.
16.- Marcado “O”, Relaciones de viajes, correspondiente al periodo comprendido de enero a octubre del año 2010, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 194, 195, 196, 197, 198, 199, 200, 201, 202 y 203 del presente asunto.
17.- Marcado “P”, copias del Documento de Propiedad de la unidad que manejaba el autor, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 204, 205, 206 y 207 del presente asunto.
18.- Marcado “Q”, Copia de hoja de la Libreta de Ahorros del Banco Mercantil, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y riela inserta al folio 208 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
19.- Marcado “R”, Carta de Notificación de Retiro, de fecha 22 de Noviembre de 2010, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y riela inserta al folio 209 del presente asunto.
20.- Marcado “S”, Copia de Gaceta Oficial Nro. 32.382, de fecha 05 de Diciembre de 1980, que anexo al escrito de subsanación al libelo de la demanda, y rielan insertos a los folios 210, 211, 212, 213, 214, 215, 216 y 217 de la Pieza Nro. 01 del presente asunto.
CAPITULO III
DE LOS INFORMES
De conformidad a lo establecido en el artículo 81 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo se admite la Prueba de Informes, salvo su apreciación en la definitiva. Por tanto, se ordena oficiar a:
1.- INSPECTORIA DEL TRABAJO DEL ESTADO ARAGUA, ubicada en la Calle Páez cruce con Avenida Vargas, Centro Profesional Anuar, Piso 03, Maracay, Estado Aragua, a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:
a.- Si la empresa “Transporte Translumin C.A”., ha solicitado por ante ese despacho alguna solvencia laboral a su favor desde que entro en vigencia el correspondiente decreto.
b.- Si se encuentra inscrita en el Registro Nacional de Empresas y Establecimiento.
c.- Que indique el NIL que le corresponde a la misma ante ese organismo.
d.- Que persona natural aparece representándola ante ese Despacho del trabajo.
e.- Si los trabajadores de dicha empresa han formulado reclamos por sus reinvocaciones y beneficios laborales ante este organismo administrativo del trabajo; así como la comparecencia por parte de la empresa y las soluciones aportadas en cada caso o procedimiento existente.
f.- De ser cierto el item anterior que informe sobre cada procedimiento.
2.- Al SENIAT; Ubicado en esta ciudad; a los fines de que informe a este Tribunal sobre los siguientes particulares:
a.- Si la empresa Transporte Translumin C.A., (RIF. J-30381320-8), aparece registrado en el SIVIC.
b.- Que persona natural la representa ante dicho organismo.
c.- De ser posible que remita copia fotostática de las declaraciones de impuesto sobre la renta correspondiente a la empresa mencionada del periodo comprendido entre el año 2003 al 2010.
3.- A la CAJA REGIONLAL DEL SEGURO SOCIAL, ubicada en la Avenida Ayacucho, de esta ciudad, a los fines de que informe a este Despacho sobre los siguientes particulares:
a.- Si la empresa Transporte Translumin C.A (RIF. J-30381320-8) se encuentra registrada en ese organismo de seguridad social.
b.- Si se encuentra o encontró inscrita en la seguridad Social el ciudadano JOSE GREGORIO GONZALEZ GONZALEZ, identificado con la cedula de identidad Nro. 7.108.536, para el periodo comprendido desde el mes de Mayo de 2004 a la fecha de la información, como trabajador de dicha empresa.
c.- Que persona natural representa la mencionada empresa ante ese organismo de seguridad social.
d.- Que remita el listado de trabajadores de dicha empresa para el periodo 2004 a diciembre de 2010, actualizado al tiempo de la información.
CAPITLO IV
DE LA EXHIBICIÓN

De conformidad al artículo 82 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, el Tribunal la admite por cuanto ha lugar en derecho por no ser impertinente ni ilegal, salvo su apreciación en la definitiva, en consecuencia se ordena a la demandada, se sirvan presentar en la oportunidad de llevarse a efecto la Audiencia de Juicio, apercibiendo a la misma de las consecuencias de la no exhibición del instrumento en el plazo indicado, los siguientes documentos originales:
1.- Expediente laboral llevado por la empresa al trabajador demandante.
2.- La apertura de la cuenta de los depósitos de antigüedad mes a mes, correspondiente al trabajador desde el mes de septiembre de 2004 hasta diciembre de 2010.
3.- Registro de vacaciones al que esta obligado a llevar la empresa, en acato a lo dispuesto en el articulo 235 de la Ley Orgánica del Trabajo, respecto al trabajador durante la relación de trabajo.
4.- Registro de horas extraordinarias utilizadas por los trabajadores de la empresa demandada para sus faenas, desde Mayo 2004 a Noviembre de 2010, a lo cual esta obligado a llevar la empresa, conforme a lo dispuesto en el artículo 209 de la Ley Orgánica del Trabajo.
5.- Recibos de Pago realizados por la empresa al trabajador demandante por concepto de salarios, horas extras, vacaciones, utilidades, comida, alojamiento, y cualquier otro pago a su favor, durante la relación de trabajo que existió entre las partes.
6.- Relación de viajes asignados al demandante durante la relación de trabajo, con indicación del costo de cada uno, origen y destino, tiempo de duración.
7.-Guías de traslado de cargas, que sirvieron de soporte para que el chofer demandante pudiera trasladar las materias primas y demás cargas.
8.- Solicitudes de autorización para el trabajo de horas extraordinarias ante la Inspectoria del Trabajo del Maracay, Estado Aragua.
9.- De las entregas de dinero para cubrir los gastos de viajes, para que el chofer trasladará las cargas asignadas.
10.- Forma 14-02, emitida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
11.- Forma 14-03, emitida por el Instituto Venezolano de los Seguros Sociales.
12.- Relaciones de pago de la Ley de Política Habitacional.
CAPITULO V
INSPECCIÓN JUDICIAL

En relación a la prueba de Inspección Judicial promovida; éste Tribunal niega su admisión, por considerar que los hechos que trata de demostrar con la misma pueden perfectamente demostrarse con otros medios de pruebas conducentes para ello; la prueba de inspección judicial es el reconocimiento que hace el juez sobre las personas, cosas, lugares o documentos que puedan tener alguna relación con la materia debatida en el proceso y tiene como fin verificar hechos relacionados con sus características, ubicación, estado, contenido u otras circunstancias de interés, que no se puede acreditar de otra manera, para que el Juez procure la exacta apreciación de las características y extensión de lo inspeccionado, de manera que, existe el contacto inmediato entre el juez y el hecho a probar. Asimismo la prueba de Inspección Judicial es de carácter excepcional y por tanto, procedente cuando no exista otro medio para demostrar lo que se pretende con ella.
En el presente caso, es innecesario traer la prueba mediante la inspección del juez cuando por otro modo puede hacerse lo mismo, pues la parte demandante pudo haber aportado otros medios de pruebas a los autos, razón por la cual este Tribunal debe inadmitir dicha prueba. Así se establece.
PRUEBAS DE LA PARTE DEMANDADA
CAPITULO I

Explana lo que considera pertinente, no constituyendo un medio de prueba previsto en la normativa legal vigente.
CAPITULO II
MERITO FAVORABLE DE LOS AUTOS

Indica el Tribunal a la parte promovente que ha sido reiterado el criterio de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en considerar que no es medio de prueba, sino la solicitud de aplicación del Principio de la Comunidad de la Prueba, o de adquisición, que rige en todo el sistema probatorio venezolano y que el Juez esta obligado a aplicarlo de oficio, sin necesidad de alegación de las partes, conforme al cual una vez consten en autos dejan de pertenecer a la promoverte para tener como finalidad el esclarecimiento de la controversia, independientemente de la parte a la que favorezcan; no constituye un medio de prueba consagrado en nuestra legislación vigente, razón por la cual este Tribunal se abstiene de emitir pronunciamiento sobre su admisibilidad. Y así se establece.

CAPITULO III
DE LAS DOCUMENTALES

Este Tribunal admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, de conformidad con los artículos 77 y 78 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por considerar que las mismas no resultan ilegales ni impertinentes al proceso, las siguientes documentales:
Considerando importante resaltar este Despacho que el promovente señala en su escrito que dichas documentales se anexan marcadas desde la “D” a la “L”, nos obstante de la revisión que se hace se desprende que las mismas no fueron identificadas de ninguna forma, por lo que este Tribunal a los fines de garantizar el derecho a la defensa de las partes, admite guiándose por la fecha de expedición de dichos documentales, quedando establecidos de la manera siguiente:
1.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 04 de Junio de 2004, y que riela inserto a los folios 27 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
2.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 17 de Junio de 2004, que riela inserto a los folios 29 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
3.- Recibos de Pago, de fecha 13 de Agosto de 2004, que riela inserto a los folios 32 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
4.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 25 de Septiembre de 2004, que riela inserto a los folios 33 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
5.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 08 de Octubre de 2004, que riela inserto a los folios 36 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
6.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 12 de Noviembre de 2004, que riela inserto a los folios 38 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
7.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 23 de Diciembre de 2004, que riela inserto a los folios 40 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
8.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 20 de Enero de 2004, que riela inserto a los folios 42 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
9.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 26 de Febrero de 2005, que riela inserto a los folios 44 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
10.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 15 de Marzo de 2005, que riela inserto a los folios 46 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
11.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 15 de Abril de 2005, que riela inserto a los folios 48 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
12.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 25 de Mayo de 2005, que riela inserto a los folios 50 y 51 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
13.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 13 de Junio de 2005, que riela inserto a los folios 52 y 53 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
14.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 23 de Julio de 2005, que riela inserto a los folios 54 y 55 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
15.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 20 DE Agosto de 2005, que riela inserto a los folios 56 y 57 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
16.- Recibos de Pago, de fecha 19 de Septiembre de 2005, que riela inserto al folio 58 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
17.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, de fecha 21 de Noviembre de 2005, que riela inserto a los folios 59 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
18.- Recibos de Pago y hoja de calculo, de fecha Septiembre de 2005, que rielan insertos a los folios 60, 61 y 62 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
19.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondiente al mes de Octubre de 2005, que rielan insertos a los folios 63, 64, 65 y 66 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
20.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Enero de 2006, que riela inserto a los folios 67, 68 y 69 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
21.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de Febrero de 2006, que riela inserto a los folios 70, 71, 72 y 73 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
22.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de marzo de 2006, que riela inserto a los folios 74, 75, 76 y 77 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
23.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Abril de 2006, que riela inserto a los folios 78, 79 y 80 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
24.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de mayo de 2006, que riela inserto a los folios 81, 82, 83 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
25.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Julio de 2006, que riela inserto a los folios 84, 85 y 86 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
26.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de agosto de 2006, que riela inserto a los folios 87, 88, 89 y 90 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
27.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de septiembre de 2006, que riela inserto a los folios 91, 92 y 93 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
28.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de octubre de 2006, que riela inserto a los folios 94, 95, 96 y 97 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
29.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de noviembre de 2006, que riela inserto a los folios 98, 99 y 100 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
30.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de diciembre de 2006, que riela inserto a los folios 101 y 102 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
31.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Enero de 2007, que riela inserto a los folios 103 y 104 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
32.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Febrero de 2007, que riela inserto a los folios 105, 106 y 107 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
33.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de marzo de 2007, que riela inserto a los folios 107, 108 y 109 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
34.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de abril de 2007, que riela inserto a los folios 110, 111 y 112 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
35.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de Febrero de 2008, que riela inserto a los folios 113, 114, 115, 116 , 117 y 118, de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
36.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de mayo de 2008, que riela inserto a los folios 119, 120, 121 y 122 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
37.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de abril de 2008, que riela inserto a los folios 123, 124, 125, 126 y 127 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
38.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de marzo de 2008, que riela inserto a los folios 128, 129, 130 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
39.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de diciembre de 2007, que riela inserto a los folios 131, 132, 133 , 134 y 135 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
40.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de Enero de 2008, que riela inserto a los folios 136, 137 y 138 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
41.- Recibos de Pago y hoja de calculo, correspondientes al mes de agosto de 2010, que riela inserto a los folios 139, 140, 141, 142, 143, 144 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
42.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de mayo de 2007, que riela inserto a los folios 145, 146, 147 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
43.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de junio de 2007, que riela inserto a los folios 148, 149 y 150 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
44.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de julio de 2007, que riela inserto a los folios 151, 152 y 153 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
45.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de agosto de 2007, que riela inserto a los folios 154 y 155 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
46.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de septiembre de 2007, que riela inserto a los folios 156 y 157 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
47.- Recibos de Pago y hoja de cálculo, correspondientes al mes de octubre de 2007, que riela inserto al folio 158 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
48.- Recibo de adelantos de prestaciones sociales, y prestamos personales que rielan insertos a los folios 159, 160, 161, 162, 163, 164, 165, 166, 167, 168, 169, 170, 171, 172, 173, 174, 221, 222, 384 de la pieza nro. 02 del presente asunto.
49.- Recibos de Cancelación de vacaciones y utilidades que rielan insertos a los folios 175 al 211, 216, 217, 385, 386.
50.- Recibos y relaciones de viajes, que rielan insertos a los folios 212, 213, 214, 218, 219, 220, 223, 224, 225, 226, 227, 228, 229, 230, 231, 232, 233, 234, 235, 236, 237, 238, 239, 240, 241, 242, 243, 244, 245 al 382 de la pieza Nro. 02 del presente asunto.
CAPITULO IV
DE LAS TESTIMONIALES

En relación a la prueba testimonial promovida, se admite cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, y en consecuencia se ordena la comparecencia en la oportunidad de la Audiencia de Juicio, de las ciudadanas: ANTONIO VILORIA, FELIPE HERNANDEZ, MANUEL ALVARADO, Venezolanos, Mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros: 3.271.826, 2.521.072 Y 7.251.389, respectivamente, sin notificación alguna, a fin de que declaren oralmente ante este Juzgado con relación a los hechos debatidos en el proceso, respondiendo al interrogatorio que les formularán las partes, así como el que les formule la ciudadana Juez del Tribunal, conforme lo establece el artículo 153 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
LA JUEZ,
ABG. ZULEYMA DARUIZ CEBALLOS.
EL SECRETARIO,
ABG. HAROLYS PAREDES.
ZDC/HP/edith