REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE CONTROL

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Primero de Primera Instancia Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 8 de Diciembre de 2011
201º y 152º

ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2011-000025
ASUNTO : NP01-P-2011-000025


Por cuanto en fecha Ocho (08) del Mes de Diciembre del año Dos Mil Once, se celebró la Audiencia Preliminar en el presente asunto y se ordenó la Apertura al Juicio Oral y Público, seguido a el acusado: HEINER BERMUDEZ OROZCO, es por lo que de conformidad con lo establecido en el artículo 331 del Código Orgánico Procesal Penal, se dicta el auto de apertura a Juicio el cual contiene:


Identificación del Acusado

HEINER BERMUDEZ OROZCO, venezolano, natural de El Tigre estado Anzoátegui, nacido en fecha 11/09/88, de 23 años de edad, de estado civil soltero, de Profesión u oficio ayudante de mecánico, hijo de Herminia Orozco Y Daniel Bermúdez, titular de la cédula de Identidad número V-18.982.907, domiciliado en el Tejero frente al Super mercal, casa s/n., casa rural, Estado Monagas.

DE LOS HECHOS Y MOTIVOS EN RELACIÓN AL ACUSADO

“En fecha 04 de Enero de 2011, siendo aproximadamente las 3:00 de la tarde, desplazábamos por la población de El Tejero, específicamente adyacente al caney del tejero, cuando un ciudadano que se desplazaba en un vehículo, quien no quiso identificarse, manifestó que un ciudadano que se desplazaba en una bicicleta, le acababa de informar que tres personas, portando armas de fuego, se encontraban en el terreno denominado fundo el Rincón de Robert y Mila, ubicado en el sector Puente Amarillo, carretera vieja del Tejero estado Monagas, de inmediata no trasladamos al sitio, cuando nos encontramos adyacente al lugar, nos hizo llamado un ciudadano de tez blanca, que vestía chemise verde y blue jeans, botas marrones, manifestó que tres personas se habían presentado en el fundo antes mencionado, pasaron por encima de la cerca, sin autorización, una vez dentro lo sometieron y amenazaron con unas armas de fuego y que en un descuido de estas personas el logro escapar en busca de ayuda, dirigiéndose al sitio en compañía de este ciudadano, una vez dentro de la finca, avistamos a tres ciudadanos cuyas vestimentas y sus características,…le dimos la voz de alto … y los mismos hicieron caso omiso, sacando a relucir un arma de fuego, accionándolas, efectuando disparos en contra de la comisión policial viéndonos en la imperiosa necesidad de hacer uso de nuestras armas de reglamento,.. donde reprodujo un intercambio de disparos, corrieron emprendiendo la huida hacia una zona boscosa, cesando el intercambio de disparos, procediendo a inspeccionar el área localizando en una posición cubito frontal (boca arriba) al ciudadano con un arma de fuego, tipo escopeta recortada, a pocos centímetros del lugar donde él estaba, inmediatamente procedimos a retener el arma de fuego, con un cartucho percutido calibre 16 mm, al momento que le realizamos inspección corporal…,constaté que el mismo presentaba herida producida por arma de fuego a la altura del abdomen, de igual manera se retuvo en el lugar, un bolso de color gris, con letras blancas … dentro del mismo había una bolsa transparente contentivo en su interior de se4is envoltorios medianos de papel aluminio contentivos de restos vegetales de olor fuerte y penetrante de la presunta droga denominada marihuana, un cartucho de color rojo calibre 44,sin percutir tres bragas de color azul, dos cédulas de identidad…. fue trasladado al hospital Luís González Espinoza de Punta de Mata ,donde fue atendido y se le diagnostico, herida con arma de fuego en la región abdominal con orificio de entrada con salida, el mismo se identificó como LUIS RAFAEL OROZCO, ameritó el traslado al hospital Manuel Núñez Tovar…”; quedando dicho ciudadanos detenido a la orden de la fiscalía sexta del Ministerio Público.”
Admisión del Escrito Acusatorio y Calificación Jurídica

Se admitió totalmente la acusación presentada por el fiscal Sexto del Ministerio Público del estado Monagas ABG. RODOLKFO SEEKATZ ROJAS, contra el ciudadano HEINER BERMUDEZ OROZCO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, ambos previstos y sancionados en los Artículos 458 en concordancia con el Artículo 80 y 277 del Código Penal, respectivamente y DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MENOR CANTIDAD, previsto y sancionado en el segundo aparte del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas.

Pruebas Admitidas

Se admitieron totalmente las pruebas ofrecidas por parte de la Vindicta Pública por considerarlas útiles, pertinentes y necesarias para el Juicio Oral y Público y haber sido incorporas al proceso conforme a la ley, en contra del acusado HEINER BERMUDEZ OROZCO, cediéndole el derecho de uso a la Defensora Pública 7° Penal: ABG. FLOR RODRIGUEZ, de adherirse a las Pruebas ofrecidas por la representación fiscal, en virtud del principio de la comunidad de las pruebas.


Orden de Abrir el Juicio Oral y Público


Se ordena la Apertura a JUICIO ORAL Y PÚBLICO, a tenor de lo dispuesto en el Artículo 330 ordinal 2° del Código Orgánico Procesal Penal, admitiendo en consecuencia la calificación jurídica dada por parte de la Fiscal del Ministerio Público contra el acusado HEINER BERMUDEZ OROZCO, por la comisión de los delitos de ROBO AGRAVADO EN GRADO DE TENTATIVA, PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO, ambos previstos y sancionados en los Artículos 458 en concordancia con el Artículo 80 y 277 del Código Penal, respectivamente y DISTRIBUCIÓN ILICITA DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES Y PSICOTRÓPICAS EN MENOR CANTIDAD, previsto y sancionado en el segundo aparte del Artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas. Se mantiene la Medida Privativa de Libertad, decretada en su debida oportunidad contra el aludido acusado ratificándose el centro de reclusión el Internando Judicial Penal del estado Monagas.

Emplazamiento a las partes

Se emplazo a las partes para que un plazo común de cinco (5) días concurran ante el tribunal de Juicio que ha de conocer el presente asunto. Se acuerdan las copias simples solicitada por la defensa Publica.

Instrucción al Secretario

Se instruyo a la Secretaria de Sala a remitir las actuaciones correspondientes a la Fase Preparatoria a la Fiscalía Correspondiente del Ministerio Publico del Estado y las actuaciones correspondientes a la Fase Intermedia a la Oficina de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial Penal, a los fines de que sea distribuido al Tribunal de Juicio Correspondiente, en la oportunidad de Legal.


El Juez


ABG. LARRY JOSÉ ZULETA

El Secretario