REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL TERCERO DE CONTROL
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Penal en Función de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Monagas
Maturín, 13 de Diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO PRINCIPAL : NP01-P-2010-009125
ASUNTO : NP01-P-2010-009125
AUTO DE APERTURA A JUICIO
Con vista a la Audiencia Preliminar en la cual la Abogado ANA CONDE, Fiscal Segunda del Ministerio Público del Estado Monagas, explanó en forma oral la acusación presentada en contra del ciudadano MILTON HENRY FLORES BONILLA, Venezolano, de 40 años de edad Estado Civil: Soltero, natural de Caripito Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº 11.008.813, domiciliado en: CARIPITO, CALLE MONAGAS, CAMPO PORVENIR, CASA 371 TELÉFONO: 0426-8826243, asistido en este acto por la Defensora Pública Octava Penal ABG. MILSA ÁLVAREZ, en apoyo a la Defensoría Pública quinta Penal la presunta comisión del Delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano, este Tribunal observa:
DE LOS HECHOS
“Se le atribuye al imputado el hecho ocurrido en fecha 17 de julio del año en curso, siendo aproximadamente las 7:25 de la noche Funcionario Adscrito al departamento de Guardería Ambiental del Destacamento N° 77, del Comando Regional N° 7 de la Guardia Nacional de Venezuela, recibieron una llamada telefónica por parte de un representante del consejo comunal del sector del valle de la cruz del municipio Maturín, del Estado Monagas, quien dijo pertenecer a la mesa de la contraloría del referido consejo comunal, el mismo se identifica como JHEAN CARLOS RAMOS, una vez obtenida esta información, se trasladaron al sitio donde se entrevistaron con el referido ciudadano y con el ciudadano JESUS BOLÍVAR… seguidamente se dirigieron hasta el sector los bajos de la cruz, donde se visualizó un vehículo con las siguientes características marca CHEVROLET, modelo 350, color AZUL, placas 220-XIA, serial de carrocería CIR3TNV367224, en el cual se encontraba cargado de cuarenta y cinco tablones de madera aserrada presuntamente de la especie de cedro, en el mismo se encontraba un grupo aproximado de cuatro personas quienes al percatarse de la comisión emprendieron la huída del lugar, quedándose en el mismo un ciudadano identificado como MILTON HENRY FLORES BONILLA, titular de la cédula de identidad N° V-11.008.813, a quien se le requirió la guía expedida por el Ministerio Popular para el ambiente y los recursos naturales, manifestando que esa medara la traía de la parte de la montaña de los bajos y que se la había comprado a unas personas del Estado Sucre y que no sabía sus nombre ante esa situación procedí a notificar al Abg. OSWALDO PERERO MATA Fiscal 14° del Ministerio Público de esta circunscripción judicial quien giro instrucciones de retener el producto forestal y el vehículo antes descrito y se le libro boleta de citación del ciudadano MILTON HENRY FLORES BONILLA y enviar las actuaciones a su despacho.
PRUEBAS ADMITIDAS
Igualmente se ADMITIERON todas las pruebas presentadas en la acusación fiscal, a saber, DECLARACION DE LOS EXPERTOS, TESTIGOS y DOCUMENTALES, dicha admisión obedece a que con los medios de prueba ofrecidas por el Representante del Ministerio Público, dada la pertinencia y autoridad y necesidad de que ellos se deriva, existe la alta probabilidad que, de ser reproducidos en su totalidad durante el desarrollo del debate oral y público, se de por demostrado tanto la acreditación del hecho punible como consecuencialmente la culpabilidad y responsabilidad de dicho imputado en el mismo, asimismo se hacen suyas las pruebas promovidas por el representante fiscal al defensor siempre y cuando favorezcan al ya acusado de autos.
ORDEN DE JUICIO
De conformidad con el artículo 331 del Código Orgánico Procesal, se orden a la apertura del juicio Oral y Público, en contra del ciudadano MILTON HENRY FLORES BONILLA, Venezolano, de 40 años de edad Estado Civil: Soltero, natural de Caripito Estado Monagas, titular de la cédula de identidad Nº 11.008.813, domiciliado en: CARIPITO, CALLE MONAGAS, CAMPO PORVENIR, CASA 371 TELÉFONO: 0426-8826243, asistido en este acto por la Defensora Pública Octava Penal ABG. MILSA ÁLVAREZ, en apoyo a la Defensoría Pública quinta Penal la presunta comisión del Delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO EN LA COMISIÓN DEL DELITO DE DEGRADACIÓN DE SUELOS, TOPOGRAFÍA Y PAISAJE, previsto y sancionado en el artículo 43 de la Ley Penal del Ambiente, en perjuicio del Estado Venezolano. Admitiendo así TOTALMENTE la acusación fiscal.-
Se emplaza a las partes para que en el plazo común de cinco (5) días concurran ante el juez de Juicio, (días estos que se computaran a partir del día hábil siguiente a la celebración de la Audiencia preliminar) se ordena a la Secretaria de Sala remitir en su debida oportunidad las actuaciones de la investigación a la Fiscalía Décimo Cuarto del Ministerio Público, y las actuaciones de la fase intermedia a la unidad de recepción y distribución de documentos (URDD), a los fines de que sea distribuida a un Tribunal de Juicio. Regístrese. Publíquese. Déjese copia certificada del presente auto fundado. -
El Juez
ABG. GERMAN SALAZAR LEÓN
La Secretaria
ABG. ROSALBA VALDIVIA.