REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado del Municipio Autónomo San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua
San Casimiro, 21 de diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO Nº 663/2011
Vista el acta contentiva del acuerdo conciliatorio que antecede, de fecha veinte (20) de diciembre de 2011, cursante al folio doce (12) celebrado por la ciudadana NOELLIS MAUREN BÁEZ OVALLES, (parte actora), a favor de su hijo, y el ciudadano WLADIMIR CAMPOS, (parte demandada), ambos identificados en autos, quienes comparecieron por ante este Despacho previa citación, para llevar a efecto la celebración del Acto Conciliatorio en el presente asunto por OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN, donde llegaron a un acuerdo en los siguientes términos: PRIMERO: En este estado las partes de mutuo acuerdo fijan como Manutención Alimentaría la cantidad de CIENTO VEINTE BOLÍVARES (Bs. 120,00), semanales, a partir del treinta (30) de este mes de diciembre , y la cual será incrementada en el mismo porcentaje que le sea aumentado el salario a dicho Obligado Alimentario, que el mismo entregará en manos de la Madre. SEGUNDO: Que en lo referente a los gastos eventuales las partes de mutuo acuerdo manifiestan, que los mismos serán compartidos en partes iguales, es decir, cincuenta por ciento (50%) cada uno. TERCERO: En cuanto a los gastos escolares el Padre aportará los útiles escolares, valorados en un costo aproximado de TRESCIENTOS BOLÍVARES( Bs.300,00) y La Madre los uniformes. CUARTO: En relación a los gastos decembrinos, el obligado aportará la cantidad de UN MIL BOLÍVARES (Bs. 1.000,00). Ahora bien, por cuanto tal modo de auto composición procesal no vulneran normas de orden público, disposición expresa de la Ley, ni es contrario al Interés Superior del Niño, este Tribunal del Municipio San Casimiro de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN de conformidad con lo establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente. Archívese el presente asunto. Hágase lo conducente.-
La …
…Jueza Provisoria,
Abg. Mavelyn Urdaneta A.
La Secretaria,
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.-
La Secretaria,
Abg. Kersily Parra Ramírez
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