REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de diciembre dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-005174

PARTE ACTORA: EGLIN CONTRERAS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: MAIRA BEATRIZ SÁNCHEZ DEVENISH y NEYSSERTH BARRETO
PARTE DEMANDADA: CORPORACIÓN INDUSTRIAL DE ASFALTO CONSTRUCCIONES (CORIDASFCO C.A.).
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO ACREDITÓ
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

En el día hábil de hoy veinte (20) de diciembre de 2011, siendo la oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, se deja constancia de la incomparecencia tanto de la parte Accionante ciudadanos EGLIN CONTRERAS, cédula de identidad NºV-12.060.659, ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno, como de la parte Accionada CORPORACIÓN INDUSTRIAL DE ASFALTO CONSTRUCCIONES (CORIDASFCO C.A.), por lo que de conformidad con el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE LA PRESENTE DECISIÓN. Años 201° y 152°

La Juez


Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario

Abg. Nelly Bolívar

Se deja constancia que en el día de hoy veinte (20) de diciembre de dos mil once, se dictó, publicó y diarizó la presente decisión.
El Secretario
Abg. Nelly Bolívar