REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas,8 de Diciembre de 2011.
201º y 152º.

ASUNTO: AP41-U-2011-000412.- Sentencia Interlocutoria Nº 201/2011.-

En fecha seis (06) de Octubre de 2011, los ciudadanos Eduardo Martínez Díaz y Taormina Cappello Paredes, titulares de las cédulas de identidad Nos 4.276.935 y 7.236.035 e inscritos en el INPREABOGADO bajo los Nos 30.523 y 28.455 respectivamente, actuando en su carácter de Apoderados Judiciales de la contribuyente “KNOLL GOMAS INDUSTRIALES, C.A.”, inscrita en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal (hoy Distrito Capital) y Estado Miranda, bajo el N° 60, Tomo 23-A, de fecha diez (10) de Marzo de 1971; interpusieron ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de los Tribunales Superiores de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Recurso Contencioso Tributario contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2011/2948 de fecha quince (15) de Julio de 2011, emanada de Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante la cual se declaró Sin Lugar el Recurso Jerárquico interpuesto en fecha treinta (30) de Octubre de 2008, contra la Resolución de Imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios N° SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACOT/RET/2008/876 de fecha veintiuno (21) de Agosto de 2008, notificada en fecha veinticinco (25) de Septiembre de 2008, emanada de la División de Recaudación de dicha Gerencia, y en consecuencia confirmó la multa y los intereses moratorios correspondientes a la primera quincena de los períodos impositivos 04/2004, 07/2004, 09/2004, 11/2004, 01/2005, 02/2005, 03/2005, 04/2005, 01/2007, 12/2007 y 01/2008, segunda quincena de los periodos impositivos 10/2004, 09/2004, 11/2004, 02/2005, 01/2005, 04/2005, 03/2005, 09/2006 y 12/2006, primera y segunda quincena de los períodos impositivos 05/2004, 06/2004, 08/2004, 12/2004, 05/2005, 06/2005, 07/2005, 08/2005, 09/2005, 10/2005, 11/2005, 12/2005, 01/2006, 02/2006, 03/2006, 04/2006, 05/2006, 06/2006, 07/2006, 10/2006, 11/2006, 02/2007, 03/2007, 04/2007, 05/2007, 06/2007, 07/2007, 08/2007, 09/2007, 10/2007, 11/2007, 02/2008, 03/2008, 04/2008 por la cantidad de 44.774,27 Unidades Tributarias, por concepto de multa, las cuales fueron calculadas tomado en consideración el valor de la unidad tributaria (U.T.) vigente en el momento del pago de conformidad con lo establecido en los Parágrafos Primero y Segundo del artículo 94 del Código Orgánico Tributario y la cantidad de Bs. 44.297,87 por concepto de intereses moratorios, contenidos en las respectivas Planillas de Liquidación. Estando las partes a derecho y siendo la oportunidad procesal correspondiente para admitir o no el presente Recurso Contencioso Tributario, el Tribunal observa que se encuentran llenos los requisitos establecidos en el Código Orgánico Tributario vigente en sus artículos 259, 260, 261, 262 y 266, a saber se trata de actos administrativos recurribles en la vía jurisdiccional, impugnados por ante la autoridad competente, dentro del lapso legal, mediante escrito en el cual se funda y consta la cualidad y el interés del recurrente, así como también queda demostrada la legitimidad de las personas que se presentan como representante de la contribuyente y no consta en autos oposición alguna, este Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas Admite dicho Recurso Contencioso Tributario, en cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, procédase a su tramitación y sustanciación de conformidad con los artículos 267 y siguientes del Código Orgánico Tributario vigente, abriéndose la causa a pruebas a partir del primer (1º) día de Despacho siguiente al de hoy, visto que no hubo oposición alguna por parte de la Administración Tributaria.
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Tribunal Superior Sexto de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a los ocho (08) días del mes de Diciembre de dos mil once (2011). Años 201º de la Independencia y 152º de la Federación.-
El Juez Provisorio,

Gabriel Ángel Fernández Rodríguez.
La Secretaria,

Armanda Olga De Abreu Faría.
GAFR/aodaf/dbo.-