REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
PARTE ACTORA REINA MILAGROS MUÑOZ
PARTE DEMANDADA LUÍS JAVIER SOTO
MOTIVO OBLIGACION DE MANUTENCIÓN
A FAVOR DEL(OS)
NIÑO(S) *****
( CONVENIMIENTO)
En horas de Despacho del día de hoy, siete (07) de diciembre de dos mil once (2.011), comparecen ante este Tribunal los ciudadanos REINA MILAGROS MUÑOZ Y LUIS JAVIER SOTO MILAN, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.011.449 Y 17.969.247 respectivamente, con el carácter de actora y demandado respectivamente, en la presente causa, con el objeto de realizar el convenimiento con relación a la pensión alimentaría a favor del(os) beneficiario(s) ***** los siguientes términos:
PRIMERO: El padre conviene en suministrar la cantidad de de Bs. 475,oo mensuales para su hijo, la cual solicita se oficie a la empresa donde labora para que sea descontada de su sueldo y sea deposita en la cuenta de ahorros en el Banco Bicentenario.------------------------------------------------------------------------
SEGUNDO: El padre conviene en comprar los uniformes escolares a su hijo antes del 01 de octubre de cada año.-En caso de incumplir lo convenido, será descontado de su sueldo, para lo cual la progenitora del beneficiario, consignará las facturas de compra, ante este Tribunal, a fin de librar oficio con las inserciones necesarias a la empresa donde labora.-------------------------------------
TERCERO: El padre conviene en sufragar los gastos navideños (vestido, regalo, etc.) de su hijo cada año; se deja constancia que los gastos navideños de 2011, ya fueron sufragados por el padre.-En caso de incumplir lo convenido, será descontado de su sueldo, para lo cual la progenitora del beneficiario, consignará las facturas de compra, ante este Tribunal, a fin de librar oficio con las inserciones necesarias a la empresa donde labora.-------------------------------------
CUARTO: El padre conveniene en suministrar el 25% de lo devengado por concepto de Prestaciones Sociales, en caso de renuncia o retiro de la empresa donde labora, deberá ser remitido en cheque de gerencia a nombre de este Tribunal------------------- --------------------------------------------------------------------
QUINTO: Ambos padres convienen en cancelar cada uno el 50% por conceptos de gastos médicos.--------------------------------------------------------------------------
SEXTO: Ambos padres solicitan se levanten las retenciones ordenadas en la presente causa...----------------------------------------------------------------------------
Visto el convenimiento celebrado, esta Juzgadora le imparte su homologación de conformidad con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente y ordena suspender las retenciones del 50% de las Prestaciones Sociales, la 1/5 parte de las utilidades y/o aguinaldos de fin de año y la 1/5 parte del salario mínimo mensual decretado por el Ejecutivo Nacional, para lo cual acuerda oficiar a la empresa Inversiones Ewar, C.A., remitiéndole copia certificada del presente convenimiento.-Cúmplase lo ordenado.-Líbrese oficio.-
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. MAIRA ZIEMS LAS PARTES
LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
MZ/JA/ea/EXP N° 23.683
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