REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal Décimo Quinto (15º) de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal 15to
Caracas, 14 de diciembre de 2011
201º y 152º
ASUNTO: AP51-V-2011-022825
Revisadas cuidadosamente las actas procesales que conforman el presente asunto, contentivo de la solicitud de Convenimiento de Partición de Comunidad Conyugal, presentado por los ciudadanos JULIO ARELLANO PINTO y JOMALLY DE LA NATIVIDAD ALMENAR ARANGUIBEL, titulares de las cédulas de identidades Nros. V-5.590.572 y V-6.065.357, respectivamente, asistidos por la abogada MILDRED D’WINDT, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 15.490; este Tribunal procede a Homologar la PARTICIÓN DE LA COMUNIDAD CONYUGAL, suscrita por los ciudadanos antes identificados, de conformidad con lo establecido en los Artículos 177, Parágrafo Segundo, Literal “h” y Artículo 511, ambos de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y Adolescente, indicándosele a las partes que la presente homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaria las copias certificadas del convenio y del presente auto y entréguense a los interesados en la Oficina de Atención al Público (O.A.P.), una vez que las partes consignen los fotostatos pertinentes, a fin de que surta los efectos legales correspondientes. Por último, se ordena el CIERRE y ARCHIVO del presente asunto. Líbrese Oficio. Archívese el expediente. Cúmplase.-
La Juez
Abg. Lenni Carrasco Dorante
La Secretaria
Abg. Adriana Mireles
AP51-V-2011-022825
Lcd/am/marianna
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