REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, cinco de diciembre de dos mil once
201º y 152º

ASUNTO: DP11-L-2011-001753

PARTE ACTORA: ciudadano JOSE ANTONIO SALCEDO NAVARRO, titular de la cédula de identidad No.9.697.123.

ABOGADO ASISTENTE DE LA PARTE ACTORA: CARLOS PIERRAL, inscrito en el INPREABOGADO bajo el No.101.184.

PARTE DEMANDADA: EDUARDO JOSE SALOMONE

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: RAIZA LEAL, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.167.971.

MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES y otros conceptos.

En el día hábil de hoy lunes, en la fecha arriba señalada, siendo las 9:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, La ciudadana Jueza hace constar que el alguacil Luis Hurtado anunció nuevamente la audiencia a las 9:34 a.m, y no se presento la parte actora ciudadano JOSE ANTONIO SALCEDO NAVARRO, titular de la cédula de identidad No.9.697.123, ni por si ni por medio de apoderado judicial.

Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:

“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”