REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA.
EN SU NOMBRE:
JUZGADO DE LOS MUNICIPIOS BOLÍVAR Y PUNCERES DE LA
CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS.
PARTES: OSWALDO JOSE AROCHA VALERIO y KATINA RAQUEL GARCIA
MOTIVO: CONVENIMIENTO DE REBAJA DE MANUTENCION
SENTENCIA: INTERLOCUTORIA CON FUERZA DEFINITIVA
EXP. Nº 463-2010.
Visto el CONVENIMIENTO DE REBAJA DE MANUTENCION, presentado por los ciudadanos OSWALDO JOSE AROCHA VALERIO y KATINA RAQUEL GARCIA, venezolanos, mayores de edad, Identificados con las cédulas Nros 8.980.015 y 11.012.898, respectivamente y de este domicilio, a favor de su hijo JUAN PABLO AROCHA GARCÍA, de cinco (05) años de edad, donde propusieron el siguiente convenio: “La mensualidad como Ofrecimiento en la cantidad de Seiscientos Bolívares (Bs. 600,00), para el mes de septiembre Seiscientos Bolívares (Bs. 600,00) adicional a la mensualidad, para el mes de diciembre Seiscientos Bolívares (Bs. 600,00) adicional a la mensualidad, el cual serán depositado a la cuenta Corriente, signada con el N° 0105-0245-41-1245021575 del Banco Mercantil a nombre de la ciudadana KATINA RAQUEL GARCIA, ya identificada; con respecto al seguro nos comprometemos en este acto a cubrir el gasto del mismo cada uno el cincuenta por ciento (50%) del monto de la prima”. Ahora bien, observa este juzgador que las partes tienen cualidad para formular conciliaciones, que el derecho reclamado y convenido no es contrario al orden público, a la Ley ni a las buenas costumbres, y de conformidad con lo establecido en establecido en el artículo 375 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (LOPNA), este Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le Confiere la Ley HOMOLOGA EL CONVENIMIENO QUE ANTECEDE, se le otorga el carácter de Sentencia Definitivamente Firme y Ejecutoriada, y se ordena el archivo del expediente.
Publíquese, Regístrese y Déjese Copia Certificada en el Archivo del Tribunal.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Bolívar y Punceres de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. Caripito, a los veinticinco (25) días del mes de Enero del año 2011. Año 200° de la Independencia y 151° de la Federación.
El Juez Titular,
Abg. MSc. José Gregorio Guaipo Quiroz.
La Secretaria.,
Abg. Elizabeth Hernández Sifuentes.
En la misma fecha se publicó la anterior sentencia siendo las 10:30 de la mañana. Conste. Secretaria.
JGGQ/cielo.
EXP. N° 463-2010.
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