REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL NUEVO REGIMEN
PROCESAL Y TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCION
JUDICIAL DEL ESTADO MONAGAS



No. Expediente NP11-L-2009-001388.-

Parte Demandante Elianneth Rondón, Camelia Vázquez, José Corzo, Zulema Mata, Carmen Rivas, Sol María Rivas, Nelys Ríos, Solange M. Fernández, Nancy González, Silvia Sosa, Clara Alfonso, Bárbara Rivas, Carmen Rico, Maylet Zamora, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nro. 16.374.777, 10.394.366, 11.045.296, 8.535.611, 6.037.015, 8.371.330, 8.356.762, 9.287.851, 13.656.733, 8.358.506, 11.537.388, 10.385.067, 8.981.156 y 14.508.363, respectivamente, todos de este domicilio.
Apoderados Judiciales Sara Cristina Díaz, inscrita en el Inpreabogado bajo los No. 80.321.

Parte Demandada Alcaldía Bolivariana del Municipio Maturín e Instituto Municipal de la Mujer de Maturín Estado Monagas

Apoderados Judiciales Sandra Sosa, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 127.222.

Motivo COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

La presente causa se inicia en fecha 02 de Octubre de 2009, con la interposición de una demanda que por cobro de Prestaciones Sociales intentada por la abogada Sara Cristina Díaz, actuando como apoderada judicial de los ciudadanos Elianneth Rondón, Camelia Vázquez, José Corzo, Zulema Mata, Carmen Rivas, Sol María Rivas, Nelys Ríos, Solange M. Fernández, Nancy González, Silvia Sosa, Clara Alfonso, Bárbara Rivas, Carmen Rico, Maylet Zamora, en contra de la Alcaldía Bolivariana de Maturín Estado Monagas.

Señala la apoderada judicial de los accionante que sus representados todos extrabajadores de la Casa Bolivariana de la Mujer la cual es una de las Dependencia de la Alcaldía del Municipio Maturín del Estado Monagas que desde el 24 de noviembre de 2008, día posterior a las elecciones de Alcaldes y Gobernadores celebrados en nuestro Estado, todos los trabajadores se presentaron a sus puestos de trabajo en su horario normal a cumplir con sus funciones, donde las instalaciones de la Casa Bolivariana de la Mujer la cual es una de las Dependencias de la Alcaldía del municipio maturín se encontraban tomadas por funcionarios policiales de la Alcaldía, negándoles así el acceso a la misma, a cumplir con sus respectivos trabajos, debido a que existía diferencias políticas entre la administración saliente y la nueva administración; que el día 25 de noviembre de 2008 se presentaron a sus respectivos puestos de trabajos donde se encontraron de igual forma el acceso restringido hasta que se instaló la comisión de enlace permitiéndosele el acceso a todos los trabajadores a las instalaciones de la casa de la mujer girando órdenes de que solo estarían al cumplimiento de trabajos internos y sin atención al público; que trabajaron sin cancelarles sus respectivas quincenas de salarios ni sus utilidades; que en fecha 06 de enero de 2009 les notificaron verbalmente que a partir de esa fecha cesaban sus funciones como trabajadores de ka Casa Bolivariana de la Mujer, manifestando igualmente que serian llamados a futuras entrevistas con el fin de conocer cuales eran las deudas que tenía la Alcaldía del Municipio maturín con todos los trabajadores allí existentes; que los trabajadores e han dirigido en varias oportunidades a buscar respuesta sobre su situación laboral en busca del pago de sus prestaciones sociales y estos se niegan a cancelarlas ignorando todo tipo de obligación para con los trabajadores; igualmente señala que la relación de trabajo fue interrumpida unilateralmente sin causa justificada, que al finalizar la relación de trabajo el patrono no cumplió con las obligaciones que le impone el artículo 187 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo; demanda el pago de los conceptos y montos que se discriminan a continuación:

Elianneht del Valle Rondón
Cargo desempeñado Asistente Dental
Fecha de ingreso = 02-02-2000
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 8 años, 11 meses y 4 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario Integral = Bs. 27,00

Antigüedad = Bs. 15.984,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 4.050,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 777,48
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 750,00
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,4
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 26.970, 84

Camelia Yadira Vásquez
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 14-03-2005
Fecha de egreso = 06-02-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 09 meses y 23 días.
Salario mensual = Bs. 696,00
Salario diario = Bs. 23,20
Salario promedio mensual = Bs. 924,00
Salario Promedio Diario = Bs. 30.80

Antigüedad = Bs. 6.960,80
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.848,00
Antigüedad Adicional = Bs. 3.696,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 556,80
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 603,20
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 603,20
Utilidades no canceladas = Bs. 2.088,00.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.183,20.
Total a cancelar = Bs. 18.354, 83.

José Luís Corzo
Cargo desempeñado Obrero
Fecha de ingreso = 15-02-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 10 meses y 22 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 6.250,50
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 3.240,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 531,96
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 572,88
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 562,65
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 16.566, 85.

Zulema del carmen Mata
Cargo desempeñado Enfermera Auxiliar
Fecha de ingreso = 06-11-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 02 meses.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00


Antigüedad = Bs. 4.887,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 2.430,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 450,12
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 491,00
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 88,65
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 13.797, 00.

Carmen Leonarda Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 31-12-2006
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 2 años, 06 meses.
Salario mensual = Bs. 760,00
Salario diario = Bs. 25,33.
Salario promedio mensual = Bs. 947,00
Salario Promedio Diario = Bs. 31,57

Antigüedad = Bs. 3.377,99
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.894,20
Antigüedad Adicional = Bs. 1.894,20
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 557,26
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 607,92
Utilidades no canceladas = Bs. 2.279,70.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.291,83.
Total a cancelar = Bs. 12.807,60.

Sol María Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 04-01-2007
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 2 años, 02 meses.
Salario mensual = Bs. 760,00
Salario diario = Bs. 25,33
Salario promedio mensual = Bs. 947,00
Salario Promedio Diario = Bs. 31,57

Antigüedad = Bs. 3.377,99
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.894,20
Antigüedad Adicional = Bs. 1.894,20
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 557,26
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 607,92
Utilidades no canceladas = Bs. 2.279,70.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.291,83.
Total a cancelar = Bs. 12.807, 60.

Nelys del Valle Ríos
Cargo desempeñado Enfermera Auxiliar
Fecha de ingreso = 13-10-1999
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 9 años, 02 meses y 24 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 1 6.389,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 4.050,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 736,56
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 777,48
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 194,36
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 27.556, 76.

Solange Margarita Fernández
Cargo desempeñado Auxiliar de Laboratorio
Fecha de ingreso = 17-02-2004
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 10 meses y 20 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 8.073,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 4.050,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 572,88
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 613,80
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 600,00
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 19.319, 00.

Nancy Josefina González
Cargo desempeñado Asistente Médico
Fecha de ingreso = 01-11-2004
Fecha de egreso = 06-02-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 02 meses y 5 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 6.669,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 3.240,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 572,88
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 613,80
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 102,30
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 16.607,34.

Silvia Sosa Pérez
Cargo desempeñado Recepcionista
Fecha de ingreso = 19-07-2004
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 05 meses y 18 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 7.155,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 3.240,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 572,88
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 613,80
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs.327,35
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 17.317,59.

Clara Rosa Alfonzo
Cargo desempeñado Obrera
Fecha de ingreso = 12-01-2008
Fecha de egreso = 15-01-2009
Tiempo de servicio = 1 año, 03 meses.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.80

Antigüedad = Bs. 1.215,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.215,00
Antigüedad Adicional = Bs. 810,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 450,12
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 603,20
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 7.479, 48.

Bárbara del Carmen Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 13-12-2007
Fecha de egreso = 15-01-2009
Tiempo de servicio = 1 año, 01 mes y 02 días.
Salario mensual = Bs. 696,00
Salario diario = Bs. 23,20
Salario promedio mensual = Bs. 924,00
Salario Promedio Diario = Bs. 30.80

Antigüedad = Bs. 1.540,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.386,00
Antigüedad Adicional = Bs. 924,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 510,40
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 603,20
Utilidades no canceladas = Bs. 2.088,00.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.183,20.
Total a cancelar = Bs. 8.536,00.

Carmen Ligia Rico
Cargo desempeñado Auxiliar de Enfermería
Fecha de ingreso = 03-04-2008
Fecha de egreso = 12-01-2009
Tiempo de servicio = 09 meses y 09 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 810,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 810,00
Antigüedad Adicional = Bs. 810,00
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 337,38
Utilidades no canceladas = Bs. 1.381,00.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 6.096, 34.

Maylet de los Angeles Zamora
Cargo desempeñado Asistente Médico Pediatra
Fecha de ingreso = 15-05-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 07 meses y 22 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario promedio mensual = Bs. 814,00
Salario Promedio Diario = Bs. 27.00

Antigüedad = Bs. 5.805,00
Indemnización de Preaviso = Bs. 1.620,00
Antigüedad Adicional = Bs. 3.240,00
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 491,80
Vacaciones no canceladas ni disfrutadas mas bono vacacional = Bs. 531,96
Vacaciones Fraccionadas mas bono vacacional = Bs. 409,20
Utilidades no canceladas = Bs. 1.841,40.
Cesta ticket = Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 15.475, 96.

La demanda es recibida por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas; siendo admitida en fecha 06 de octubre de 2009, ordenándose el emplazamiento de la parte demandada para la prosecución del juicio. Agotados los trámites de notificación correspondientes, mediante Audiencia Preliminar celebrada el día 21 de octubre de 2010, se da inicio a la fase de mediación, dejándose constancia en esta audiencia de la presentación del escrito de pruebas solo de la parte actora, y se deja constancia que la demandada no compareció a la audiencia, y visto los privilegios y prerrogativas establecidas al Municipio, se apertura el lapso de cinco días de despacho a fin de que tenga lugar la contestación de la demanda, remitiéndose en su oportunidad la causa a los Juzgados de Juicio de esta Coordinación del Trabajo. Una vez recibida la causa, se fija oportunidad para la celebración de la Audiencia de Juicio.
Luego de recibido el expediente, por auto de fecha 03 de noviembre de 2010, éste Juzgado se pronuncia sobre la admisión de las pruebas promovidas, ordenándose lo conducente para su evacuación; se fijó la fecha y hora para la celebración de la audiencia de juicio.-

DE LA AUDIENCIA DE JUICIO.-
En fecha 06 de diciembre de 2010, día y hora fijados para la realización de la audiencia de juicio, se apertura la Audiencia de Juicio, dejándose constancia de la comparecencia de los accionantes, asimismo, se deja constancia de la incomparecencia de la accionada ni por si ni por medio de apoderado judicial alguno. La jueza en atención a la incomparecencia absoluta de las demandadas se retira de la sala a los fines de ponderar las actas procesales y a su regreso haciendo uso de las facultades conferidas en la Ley adjetiva laboral , acuerda diferir el dispositivo del fallo para el día 13-12-2010, a las 9:15 a.m..

En la oportunidad fijada para que tenga lugar la continuación de la audiencia de juicio, a los fines de dictar el dispositivo del fallo la Jueza hace las consideraciones atinentes al caso y una vez expuestos los argumentos de hecho y de derecho que motivan la decisión, este Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley Declara: CON LUGAR, la demanda intentada por los ciudadanos ELIANNET RONDON, CAMELIA VASQUEZ, JOSE CORZO, ZULEMA MATA, CARMEN RIVAS, SOL RIVAS, NELYS RIOS, SOLANGE FERNANDEZ, NANCY GONZALEZ, SILVIA PEREZ, CLARA ALFONZO, BARBARA RIVAS, CARMEN RICO y MAYLET ZAMORA contra la ALCALDIA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO MATURÍN DEL ESTADO MONAGAS y EL INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE MATURIN DEL ESTADO MONAGAS. La sentencia se publicará dentro de los cinco días hábiles siguientes a la presente fecha.

MOTIVOS DE LA PRESENTE DECISIÓN.-
Antes de señalar los motivos y fundamentos de la presente decisión, es importante acotar que del acta levantada en fecha 21 de octubre de 2010, por el Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución que venía conociendo de la causa, se desprende que la ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO MATURÍN E INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE MATURÍN ESTADO MONAGAS no comparecieron, de igual forma se evidencia que a la audiencia de juicio fijada por este juzgado tampoco hicieron acto de presencia ni por sí ni por representante judicial alguno de los entes demandados, razón por la que, de conformidad con lo dispuesto en sentencia dictada por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia de fecha 25 de marzo de 2004 (caso Instituto Nacional de Hipódromos), le fueron concedidos los privilegios o prerrogativas de la Republica, otorgándole el lapso correspondiente para dar contestación a la demanda, actuación ésta que no efectuó la parte demandada; en tal sentido, de conformidad con el artículo 12 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, goza de los privilegios y prerrogativas procesales de la República previstos en el artículo 6 de la Ley Orgánica de Hacienda Pública Nacional, cuyo contenido establece:

“cuando los apoderados o mandatarios de la nación no asistan al acto de contestación de demanda intentadas contra ellas, o de excepciones que hayan sido opuestas, se tendrán unas y otras como contradichas en todas sus partes…”.

Aunado a lo anteriormente señalado, ha sido criterio reiterado de la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia que en aquellos casos en los cuales no comparezca la representación de la República, el Estado o el Municipio según sea el caso, tanto a la audiencia preliminar como a la audiencia de juicio, se tendrán como contradichos los alegatos de la parte accionante, motivo por el cual, visto que en el caso de marras las demandadas son la ALCALDÍA BOLIVARIANA DEL MUNICIPIO MATURÍN E INSTITUTO MUNICIPAL DE LA MUJER DE MATURÍN ESTADO, por consiguiente, debe considerarse entonces contradichos los hechos y alegatos esgrimidos por los actores en el libelo de la demanda, por lo que de seguidas con vista de las actas que conforman el expediente, pasa este Tribunal a pronunciarse acerca de la procedencia en derecho de las pretensiones de los accionantes, en virtud de que en las actas procesales hay elementos probatorios aportados por la parte actora con los cuales este tribunal extraerá elementos de convicción para el esclarecimiento de la verdad, como uno de los principios del proceso laboral venezolano. Así se señala.

DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO:
Visto lo anterior, tenemos que en la presente causa los actores reclaman sus prestaciones sociales por el tiempo de servicio prestado al Instituto Municipal de la Mujer de Maturín Estado Monagas y Alcaldía Bolivariana del Municipio Maturín del Estado Monagas, y dado que los conceptos demandados no son contarios a derecho, en correspondencia con la protección del derecho al Trabajo como hecho social y en aras de cumplir con los demás preceptos consagrados en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecidos en los artículos 87, 88 y 89, aunado al hecho de que fueron aportados por parte de los hoy demandantes pruebas que demuestran la existencia de la relación de trabajo, dentro de las cuales nos encontramos con contratos de trabajos, constancias de trabajo, recibos de pago tanto de salarios como de otros conceptos laborales, es por lo cual este tribunal tienen como cierto que los ciudadanos Elianneth Rondón, Camelia Vázquez, José Corzo, Zulema Mata, Carmen Rivas, Sol María Rivas, Nelys Ríos, Solange M. Fernández, Nancy González, Silvia Sosa, Clara Alfonso, Bárbara Rivas, Carmen Rico, Maylet Zamora, ingresaron a prestar sus servicios en las siguientes fechas: 02/02/00, 14/03/05, 15/02/05, 06/11/05, 31/12/06, 04/01/07, 13/10/99, 17/02/04, 01/11/04, 19/07/04, 12/01/08, 13/12/07, 03/04/08 y 15/05/05, respectivamente, siendo despedidos injustificadamente en fecha 06 de enero de 2009, a excepción del segundo, décimo primero, décimo segundo y décimo tercero de los prenombrados accionantes los cuales egresaron en fechas 06/02/09, 15/01/09, 15/01/09 y 12/01/09, sucesivamente, así mismo se teiene como cierto que los referidos demandantes desempeñaban los siguientes cargos: Asistente dental, Enfermera, obrero, Enfermera Auxiliar (obrero), Enfermera, Enfermera, , Enfermera Auxiliar (obrero), Auxiliar de laboratorio, Asistente Médico, Recepcionista, Obrera, Enfermera, Enfermera y Asistente Médico Pediatra, según el orden antes señalado, en cuanto al salario mensual devengado eran las siguientes cantidades: Bs. 614, Bs.696, Bs. 614, Bs. 614, Bs. 760, Bs. 760, Bs. 614, Bs. 614, Bs. 614, Bs. 614, Bs. 614, Bs. 696, Bs. 614, y Bs. 614. Y así se declara.

DE LOS CONCEPTOS DEMANDADOS:
En lo que respecta al concepto de antigüedad, este tribunal acuerda la cancelación del mismo, ello en virtud, que quedo demostrado la prestación del servicio de los accionantes, y por ende el tiempo efectivamente prestado, debiendo hacer la salvedad que a los fines del calculo correspondiente el tribunal tomara en consideración las pruebas aportadas tales como recibos de pagos, visto que al momento de efectuar la parte demandante el calculo de dicho concepto no lo realizo de conformidad con lo establecido en el artículo 146 parágrafo segundo de la Ley Orgánica del Trabajo. Aunado a lo anteriormente expuesto, observa el tribunal que la parte accionante también incurrió en error de calculo al determinar el tiempo de servicio de de alguno de los hoy demandantes, por lo que este tribunal efectuara el calculo de conformidad con el tiempo efectivo de servicio, para lo cual tomara en consideración la fecha de ingreso y egreso anteriormente determinadas por este Juzgado. Así se dispone.

En cuanto al concepto de indemnización por despido injustificado establecido en el artículo 125 ejusdem, este juzgado declara la procedencia en derecho del referido concepto. Así se acuerda.

La parte demandante reclama el pago de vacaciones y bono vacacional vencido, así como también las fracciones de los referidos conceptos, este tribunal acuerda la procedencia en derecho de los referidos conceptos visto que la parte accionada no promovió prueba alguna que demuestre el pago de los mismos, debiendo hacer la salvedad que la parte actora incurrió en error al momento de efectuar el reclamo de los mismos, por cuanto lo realiza de forma conjunta y no separadamente, tal como lo establece la Ley por cuanto son conceptos distintos aun cuando se generen en la misma oportunidad legal. Aunado a ello, en el caso de alguno de los accionantes reclama un número de días que no corresponden con el tiempo de servicio, por lo este tribunal determinara los días que legalmente le correspondan. Así se decide.

En relación al concepto de Utilidades reclamadas debe señalar quien juzga, que aun cuando en las actas procesales que conforman el expediente cursan recibos de pago suscritos por algunos de los accionantes de haber recibido dicho pago, no es menos cierto que también fueron promovidos cheques original expedido por el ente demandado girados contra la cuenta corriente del Banco MI CASA Entidad de Ahorro y Préstamo, C.A. cuyos montos corresponde al señalado en el recibo de pago, tal como se puede evidenciar en los folios 234, 337 y 735, por consiguiente forzosamente debe concluir esta Juzgadora que los accionantes no recibieron el pago correspondiente al concepto de utilidades del año 2008, motivos por el cual se acuerda. Y así se decreta.

Fue reclamado el pago del concepto de Cesta ticket generado en los meses de octubre, noviembre y diciembre del año 2008, este tribunal lo acuerda visto que no fue promovida prueba alguna que demuestre el referido pago. Así se declara.

En cuanto a las Quincena de salarios pendientes, debe señalar este tribunal que si bien es cierto existe en el expediente recibos de pago de salario de las quincenas reclamadas por algunos de los demandantes, no es menos cierto, que también fue consignado original de cheque expedido a favor de la trabajadora Rivas Barbara, cuyo monto corresponde a la quincena devengada por esta, por lo que forzosamente debe concluir este tribunal que los accionantes no recibieron el pago de las quincenas demandadas. Y así se resuelve.

Por último reclaman los hoy demandantes el pago de los intereses sobre las prestaciones sociales, concepto este que se acuerda por cuanto no fue promovida prueba alguna que demuestre el referido pago. Así se decide.

A continuación este tribunal pasa a realizar los cálculos correspondientes, lo cual hace en los siguientes términos:

Elianneht del Valle Rondón
Cargo desempeñado Asistente Dental
Fecha de ingreso = 02-02-2000
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 8 años, 11 meses y 4 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario Integral = Bs. 26,47

Antigüedad = 592 días = Bs. 8.782,84
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 4.228,39
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,47= Bs.1.588,2
Antigüedad Adicional =150 días X Bs.26,47= Bs. 3.970,5
Vacaciones no canceladas 207-2008= 23 días X Bs. 20,46= Bs. 470,58
Bono vacacional 2007-2008 = 15 días X Bs.20,46 = Bs. 306,9
Vacaciones Fraccionadas: 22 días X Bs. 20,46 = Bs.450,12
Bono vacacional = 14,66 X Bs. 20,46= Bs.299,94
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46.
Total a cancelar = Bs. 23.886,83

Camelia Yadira Vásquez
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 14-03-2005
Fecha de egreso = 06-02-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 10 meses y 23 días.
Salario mensual = Bs. 696,00
Salario diario = Bs. 23,20
Salario integral Diario = Bs. 29,64

Antigüedad = 227 días = Bs. 5.176,11
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 1.374,06
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 29,64= Bs.1.778,4
Antigüedad Adicional =120 días X Bs.29,64= Bs. 3.556,8
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 16 días X Bs. 23,20= Bs.371,2
Bono vacacional 2006-2007 = 8 días X Bs. 23,20= Bs. 185,6
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 17 días X Bs. 23,20= Bs.394,4
Bono vacacional 2007-2008 = 9 días X Bs. 23,20= Bs. 208,8
Vacaciones Fraccionadas: 15 días X Bs. 23,20 = Bs.348
Bono vacacional = 8,33 X Bs. 23,20= Bs.193,33
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.23,20 = Bs.2.088
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.183,20
Total a cancelar = Bs. 17.762,4

José Luís Corzo
Cargo desempeñado Obrero
Fecha de ingreso = 15-02-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 10 meses y 22 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario Integral = Bs. 26,19

Antigüedad = 227 días = Bs.4.949,58
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 1.323,36
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,19= Bs.1.571,4
Antigüedad Adicional =120 días X Bs.26,19= Bs. 3.142,8
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 16 días X Bs.20,46= Bs.327,36
Bono vacacional 2006-2007 = 8 días X Bs. 20,46= Bs. 163,68
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 17 días X Bs. 20,46= Bs.347,82
Bono vacacional 2007-2008 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,14
Vacaciones Fraccionadas: 15 días X Bs. 20,46= Bs. 306,9
Bono vacacional = 8,33 X Bs. 20,46= Bs.170,43
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 16.276,83

Zulema del carmen Mata
Cargo desempeñado Enfermera Auxiliar
Fecha de ingreso = 06-11-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 02 meses.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario Integral = Bs. 26,19

Antigüedad = 181 días = Bs. 4.293,36
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 1.034,94
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,19= Bs.1.571,4
Antigüedad Adicional =90 días X Bs.26,19= Bs. 2.357,1
Vacaciones no canceladas 2005-2006= 15 días X Bs. 20,46= Bs.333,33
Bono vacacional 2005-2006 = 7 días X Bs.20,46 = Bs. 143,22
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 16 días X Bs. 20,49= Bs.327,36
Bono vacacional 2006-2007 = 8 días X Bs.20,46 = Bs. 163,68
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 17 días X Bs. 20,46= Bs.347,82
Bono vacacional 2007-2008 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,41
Vacaciones Fraccionadas: 3 días X Bs. 20,46= Bs. 61,47
Bono vacacional = 1,66 X Bs. 20,46= Bs.34,01
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,49 = Bs.1.844,1
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 14.644,16

Carmen Leonarda Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 31-12-2006
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 2 años, 06 días.
Salario mensual = Bs. 760,00
Salario diario = Bs. 25,33.
Salario Integral = Bs. 32,30

Antigüedad = 107 días = Bs. 3.106,86
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 505,88
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 32,30 = Bs.1.938
Antigüedad Adicional = 60 días X Bs. 32,30 = Bs.1.938
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 15 días X Bs. 25,33= Bs.379,95
Bono vacacional 2006-2007= 7 días X Bs. 25,33= Bs. 177,31
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 16 días X Bs. 25,33= Bs.405,28
Bono vacacional 2007-2008= 8 días X Bs. 25,33= Bs. 202,64
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.25,33 = Bs.2.279,7
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.291,20
Total a cancelar = Bs. 13.129,12

Sol María Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 04-01-2007
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 2 años, 02 días
Salario mensual = Bs. 760,00
Salario diario = Bs. 25,33
Salario Integral = Bs. 32,30

Antigüedad = 107 días = Bs. 3.106,86
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 505,88
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 32,30 = Bs.1.938
Antigüedad Adicional = 60 días X Bs. 32,30 = Bs.1.938
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 15 días X Bs. 25,33= Bs.379,95
Bono vacacional 2006-2007= 7 días X Bs. 25,33= Bs. 177,31
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 16 días X Bs. 25,33= Bs.405,28
Bono vacacional 2007-2008= 8 días X Bs. 25,33= Bs. 202,64
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.25,33 = Bs.2.279,7
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.291,20
Total a cancelar = Bs. 13.129,12

Nelys del Valle Ríos
Cargo desempeñado Enfermera Auxiliar
Fecha de ingreso = 13-10-1999
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 9 años, 02 meses y 24 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,64

Antigüedad = 607 días = Bs. 8.704,47
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs.4.302,66
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,64= Bs.1.588,2
Antigüedad Adicional =150 días X Bs.26,64= Bs. 3.996.
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 22 días X Bs.20,46= Bs. 450,12
Bono vacacional 2006-2007 = 14 días X Bs. 20,46= Bs. 286,44
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 23 días X Bs. 20,46= Bs.470,58
Bono vacacional 2007-2008 = 15 días X Bs.20,46 = Bs. 306,9
Vacaciones Fraccionadas: 4 días X Bs. 20,46= Bs. 81,84
Bono vacacional Fraccionadas= 2,66 X Bs. 20,46= Bs.54,42
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 24.030,99

Solange Margarita Fernández
Cargo desempeñado Auxiliar de Laboratorio
Fecha de ingreso = 17-02-2004
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 10 meses y 20 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,24

Antigüedad = 295 días = Bs. 5.913,06
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 1.841,67
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,24= Bs.1.574,4
Antigüedad Adicional =150 días X Bs.26,24= Bs. 3.396
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 17 días X Bs. 20,49= Bs.348,33
Bono vacacional 2006-2007 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,41
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 18 días X Bs. 20,46= Bs.368,82
Bono vacacional 2007-2008 = 10 días X Bs.20,46 = Bs. 204,9
Vacaciones Fraccionadas: 15,83 días X Bs. 20,46= Bs. 324,35
Bono vacacional = 9,16 X Bs. 20,46= Bs.187,68
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 18.132,98

Nancy Josefina González
Cargo desempeñado Asistente Médico
Fecha de ingreso = 01-11-2004
Fecha de egreso = 06-02-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 02 meses y 5 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,24

Antigüedad = 247 días = Bs. 5.284,07
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 1.537,52
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,24= Bs.1.574,4
Antigüedad Adicional =120 días X Bs.26,24= Bs. 3.148,8
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 17 días X Bs. 20,49= Bs.348,33
Bono vacacional 2006-2007 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,41
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 18 días X Bs. 20,46= Bs.368,82
Bono vacacional 2007-2008 = 10 días X Bs.20,46 = Bs. 204,9
Vacaciones Fraccionadas: 3,16 días X Bs. 20,46= Bs64,65
Bono vacacional = 1,83 X Bs. 20,46= Bs.37,44
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 16.542,7

Silvia Sosa Pérez
Cargo desempeñado Recepcionista
Fecha de ingreso = 19-07-2004
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 4 años, 05 meses y 18 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,24

Antigüedad = 262 días = Bs.5.407,10
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs.1618,32
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,24= Bs.1.574,4
Antigüedad Adicional =120 días X Bs.26,24= Bs. 3.148,8
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 17 días X Bs. 20,49= Bs.348,33
Bono vacacional 2006-2007 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,41
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 18 días X Bs. 20,46= Bs.368,82
Bono vacacional 2007-2008 = 10 días X Bs.20,46 = Bs. 204,9
Vacaciones Fraccionadas: 5,52 días X Bs. 20,46= Bs.112,93
Bono vacacional = 3,66 X Bs. 20,46= Bs.74,88
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 16.832,25

Clara Rosa Alfonzo
Cargo desempeñado Obrera
Fecha de ingreso = 12-01-2008
Fecha de egreso = 15-01-2009
Tiempo de servicio = 1 año, 03 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,24

Antigüedad = 45 días = Bs. 1.171,80
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 99,40
Indemnización de Preaviso = 45 días X Bs. 26,24= Bs.1180,8
Antigüedad Adicional =30 días X Bs.26,24= Bs. 787,2
Vacaciones no canceladas 2008-2009= 15 días X Bs. 20,49= Bs.306,9
Bono vacacional 2008-2009= 7 días X Bs.20,46 = Bs. 143,22
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 7.478,68

Bárbara del Carmen Rivas
Cargo desempeñado Enfermera
Fecha de ingreso = 13-12-2007
Fecha de egreso = 15-01-2009
Tiempo de servicio = 1 año, 01 mes y 02 días.
Salario mensual = Bs. 696,00
Salario diario = Bs. 23,20
Salario integral diario: Bs. 29,52

Antigüedad = 50 días = Bs.1.456,02
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs.134,52
Indemnización de Preaviso = 45 días X Bs. 29,52= Bs.1.328,4
Antigüedad Adicional =30 días X Bs.26,24= Bs. 885,6
Vacaciones no canceladas 2008-2009= 15 días X Bs. 20,49= Bs.306,9
Bono vacacional 2008-2009= 7 días X Bs.20,46 = Bs. 143,22
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 8.044,02

Carmen Ligia Rico
Cargo desempeñado Auxiliar de Enfermería
Fecha de ingreso = 03-04-2008
Fecha de egreso = 12-01-2009
Tiempo de servicio = 09 meses y 09 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario integral diario: Bs. 26,24

Antigüedad = 45 días = Bs. 1.170,59
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs. 46,24
Indemnización de Preaviso = 30 días X Bs.26,24= Bs. 787,2
Antigüedad Adicional =30 días X Bs.26,24= Bs. 787,2
Vacaciones Fraccionadas 2008-2009= 11,25 días X Bs. 20,46= Bs.230,17
Bono vacacional 2008-2009= 5.25 días X Bs.20,46 = Bs. 107,41
Utilidades no canceladas = 67,5 días X Bs.20,46 = Bs.1.381,05
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 6.457,82

Maylet de los Angeles Zamora
Cargo desempeñado Asistente Médico Pediatra
Fecha de ingreso = 15-05-2005
Fecha de egreso = 06-01-2009
Tiempo de servicio = 3 años, 07 meses y 22 días.
Salario mensual = Bs. 614,00
Salario diario = Bs. 20,46
Salario Integral Diario: Bs. 26,19

Antigüedad = 212 días = Bs. 4.715,32
Intereses sobre prestación de antigüedad: Bs.1.192,20
Indemnización de Preaviso = 60 días X Bs. 26,19= Bs.1.571,4
Antigüedad Adicional =120 días X Bs.26,19= Bs. 3.142,8
Vacaciones no canceladas 2006-2007= 16 días X Bs.20,46= Bs.327,36
Bono vacacional 2006-2007 = 8 días X Bs. 20,46= Bs. 163,68
Vacaciones no canceladas 2007-2008= 17 días X Bs. 20,46= Bs.347,82
Bono vacacional 2007-2008 = 9 días X Bs.20,46 = Bs. 184,14
Vacaciones Fraccionadas: 10,5 días X Bs. 20,46= Bs. 214,83
Bono vacacional = 5,83 X Bs. 20,46= Bs.119,28
Utilidades no canceladas = 90 días X Bs.20,46 = Bs.1.841,4
Cesta ticket = 67 días X Bs. 13,50= Bs. 904,50
Quincena de salarios pendientes = Bs. 1.043,46
Total a cancelar = Bs. 15.768,19

Total a cancelar: La cantidad de Doscientos Doce Mil Ciento Dieciséis Bolívares con Nueve Céntimos (Bs. 212.116,09)

DECISIÓN.-
Por las consideraciones anteriormente expuestas, éste Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, Impartiendo Justicia, actuando en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA: CON LUGAR la demanda que por COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES intentara los ciudadanos Elianneth Rondón, Camelia Vázquez, José Corzo, Zulema Mata, Carmen Rivas, Sol María Rivas, Nelys Ríos, Solange M. Fernández, Nancy González, Silvia Sosa, Clara Alfonso, Bárbara Rivas, Carmen Rico, Maylet Zamora, en contra de la Alcaldía Bolivariana de Maturín Estado Monagas y el Instituto Municipal de la Mujer, identificados en autos , en consecuencia, se ordena la cancelación de la cantidad de Doscientos Doce Mil Ciento Dieciséis Bolívares con Nueve Céntimos (Bs. 212.116,09), por los conceptos y montos discriminados en la parte motiva de la presente sentencia.

REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA.-

Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas. En Maturín a los diez (10) día del mes de enero del año dos mil once (2011). Año 200º de la Independencia y 151º de la Federación.

La Jueza Titular,

Abg. Carmen Luisa González R.
Secretario (a),


En esta misma fecha siendo las 3:00 p.m., se registró y publicó la anterior sentencia. Conste.-

Secretario (a),