REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Primero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticuatro de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: AP21-L-2010-004546
Visto el escrito presentado en fecha 19 de enero de 2011, el abogado ALBERTO LARA NATERA, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ciudadano YHON RODRIGUEZ, por una parte y por la otra el abogado OMAR PEREZ LEON, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada PROYECTOS SIDITEL 21, C.A., plenamente identificados en autos, mediante el cual celebran Transacción a los fines de dar por terminado el presente asunto, y en tal sentido, consignan copia simple de dos (02) cheques identificados con el N° 04257198 y 53257197 girado contra el Banco Mercantil, por la cantidad de Bs. 13.000,00 y 4.000,00 a nombre del ciudadano YHON RODRIGUEZ y ALBERTO NATERA LARA, parte actora y apoderado judicial del demandante, lo que alcanza la totalidad de la suma transada entre las partes.
En consecuencia, este Juzgado, en virtud que la Transacción celebrada no vulnera normas de orden público, ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA.
De igual manera, se deja constancia que se dejará correr un lapso de cinco (05) días hábiles siguientes a la presente fecha, a los fines de dar por Terminado el presente asunto y ordenar su Archivo definitivo. CÚMPLASE.
El Juez
La Secretaria
Abg. Alcy Salazar
Abg. Keyu Abreu
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