REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEXTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO.
JUZGADO SUPERIOR SEXTO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, Caracas, veintiocho (28) de enero de dos mil once (2011).
200° y 151º
Visto el auto de fecha 20 de diciembre de 2010, mediante el cual la ciudadana JESSICA PEREIRA CASTILLO, portadora de la cédula de identidad Nro. 13.581.018, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.054, actuando en su carácter de parte recurrente desiste de la querella, y la diligencia de fecha 27 de enero de 2011, presentada por la abogada DANIELA MARGARITA MÉNDEZ ZAMBRANO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 111.599, actuando en su carácter de sustituta de la Procuradora General de la República, mediante la cual acepta el desistimiento formulado por la parte actora y solicita la homologación del mismo de conformidad con el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil; este Tribunal en consecuencia visto que dicho desistimiento se encuentra ajustado a derecho, le imparte su homologación de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, téngase como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ,
JOSÉ GREGORIO SILVA BOCANEY
EL SECRETARIO ACC;
LUIS ARMANDO SÁNCHEZ
EXP. 10-2849/ fcm.-
Quien suscribe LUIS ARMANDO SÁNCHEZ, Secretario Accidental del Juzgado Superior Sexto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital. CERTIFICA: Que la copia que antecede, es un traslado fiel y exacto de su original que corre inserto al folio Nro. 96, debidamente confrontado en el expediente signado con el Nº 10-2849, contentivo de la querella interpuesta por la ciudadana JESSICA J. PEREIRA CASTILLO, portadora de la cédula de identidad Nro. 13.581.018, e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 85.054, actuando en su propio nombre y representación, contra el acto administrativo de fecha 20 de abril de 2010, contenido en el Oficio de notificación Nro. 0398-10, dictado por la Presidencia del Circuito Judicial Penal del Estado Miranda adscrito a la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (DEM). En Caracas, a los veintiocho (28) días del mes de enero de dos mil once (2011).-
EL SECRETARIO ACC;
LUIS ARMANDO SÁNCHEZ
EXP. 10-2849/ fcm.-