REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.

PARTE ACTORA: VICTOR RAMÓN CABRERA SANCHEZ
PARTE DEMANDADA ROSARIODEL CARMEN MENDOZA COLMENARES
MOTIVO: DIVORCIO
EXPEDIENTE: N° 14.037

Maracay: 24 de enero de 2011
197º y 148º
Vista la diligencia que antecede presentada por la abogado en ejercicio MARIA MOLINA , inscrita en el inpreabogado bajo el N99.688 , mediante la cual desiste del presente procedimiento, este tribunal le imparte su homologación, conforme a los términos contenidos en la misma, de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, y conforme a lo solicitado se acuerda la devolución de la copia certificada del acta de matrimonio que riela cinco (5), previa su certificación en autos por secretaría, en consecuencia se da por termino el presente juicio y se ordena el archivo del expediente.-
EL JUEZ

ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ

RCP/nury
Exp. N° 14.037
En esta misma fecha se certifico la copia para la devolución ordenada.-
El Secret.-