REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA





EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
Maracay, 28 de enero de 2011
200° y 151°

PARTE ACTORA: Sociedad Mercantil LA DATILERA C.A., inscrita en el Registro Mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del Estado Aragua, el 24 de noviembre de 2005, bajo el No. 60, Tomo 68-A., representada por el ciudadano RICHARD YACOUB NADDAF, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-11.357.870.
Abogado Asistente: Joseph Karam, inpreabogado No. 54.583

PARTE DEMANDADA: JOSÉ FIGUEIRA DA SILVA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad No. V-9.644.717.
Abogado Asistente: Leonardo Izaguirre, inpreabogado No. 49.891.

MOTIVO: RESOLUCIÓN DE CONTRATO
EXPEDIENTE: Nº 13.021

Vista la TRANSACCIÓN JUDICIAL ccelebrada por las partes del presente juicio en fecha 15 de mayo de 2008, folios 17 y 18 del expediente, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el Artículo 256 del Código de Procedimiento Civil le imparte su homologación, conforme los términos ahí contenidos. En consecuencia, se da por terminado el presente juicio y se ordena la desincorporación y archivo definitivo del expediente. Así se declara.
EL JUEZ TITULAR,

ABG. RAMÓN CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO,

ABG. ANTONIO HERNÁNDEZ
RCP/AH/er
EXP Nº 13.021