REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO, BANCARIO Y PROTECCIÓN DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA
La Victoria, 27 de Enero de 2.011
200° y 151°
PARTE SOLICITANTE NARBIS SUGLE CASTRO
PARTE SOLICITADA ABRAHAN ANDRES RODRIGUEZ SIFONTES
MOTIVO OBLIGACION DE MANUTENCIÓN
CONVENIMIENTO
Visto el Convenimiento celebrado entre los ciudadanos NARBIS SUGLE CASTRO Y ABRAHAN ANDRES RODRIGUEZ SIFONTES, de nacionalidad venezolana, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros. 16.496.941 Y 19.269.082 respectivamente, por ante la Defensoría Municipal de Niños Niñas y Adolescentes del Municipio “JOSÉ FELIX RIBAS”, La Victoria el cual es enviado para su homologación; este Tribunal le da entrada, le asigna un número para su control en el archivo, se aboca al conocimiento de la causa y de conformidad con el articulo 315 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente le imparte su homologación.- Se declara terminado el presente procedimiento y se archiva el expediente.-
LA JUEZA PROVISORIA
DRA. MAIRA ZIEMS LA SECRETARIA
ABG. JHEYSA ALFONZO
MZ/JA/ea/EXP N° 23.385
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