REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL. Caracas, Diez (10) de Enero de Dos Mil Once (2011)
200O y 151O
En base al cómputo anterior, este Juzgado observa que: En fecha Veintiuno (21) de Diciembre del Dos Mil Diez (2010), se cumplió el lapso de Tres (03) días de despacho establecidos en el auto de abocamiento de fecha Trece (13) de Octubre de Dos Mil Diez (2010), por lo que, a partir del presente día, esto es, Diez (10) de Enero del presente Dos Mil Once (2011), la presente causa se encuentra en el Décimo Octavo (18vo), día de despacho para que la partes en la presente causa consignen sus escritos de informes según auto de fecha Nueve (09) de Julio de Dos Mil Diez (2010).
EL JUEZ
JOSÉ VALENTIN TORRES LA SECRETARIA
EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1086
JVT/EF/gpg/fjvt