REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, CON SEDE EN CARACAS. Caracas, Diecinueve (19) de Enero de Dos Mil Once (2011).
200° Y 151°
Revisadas las actas procesales que conforman el presente expediente, se evidencia que se omitió dejar constancia de la enmendada de los folios comprendidos desde el folio sesenta y nueve (69) al folio setenta y uno (71), y en los folios comprendidos desde el ciento cinco (105) al folio ciento veinte (120), en consecuencia este Órgano Jurisdiccional ordena realizar la corrección pertinente, y una vez hecha se ordena remitir el expediente a las Cortes Primera y Segunda de lo Contencioso Administrativo en virtud del auto dictado el nueve (09) de diciembre de dos mil diez (2010), que se sometió a través de la consulta legal el fallo dictado en fecha veinte (20) de febrero de dos mil ocho (2008), el cual declaró parcialmente con lugar el Recurso Contencioso Administrativo interpuesto.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES
LA SECRETARIA
EGLYS FERNANDEZ T.
Exp. Nº 0147
JVTR/EFT/mgr.-