REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución de la Coordinación Laboral del Estado Aragua
Maracay, Lunes 17 de Enero del 2011.
200º y 151°

ASUNTO: DP11-S-2010-000480.

Por recibido el presente expediente en fecha 22 de Diciembre del 2010 este Tribunal procede a su ADMISION y en tal virtud visto el escrito de DESISTIMIENTO DEL PRESENTE PROCEDIMIENTO DE OFERTA REAL DE PAGO, presentado en fecha catorce de Enero del 2011, por el Doctor JOSE ALFREDO BETANCOURT, inscrito en el IPSA bajo el Numero 18.537 , actuando en su carácter de Apoderado de la parte Oferente “LACTUARIO DE MARACAY , C.A.” a favor del Ciudadano VICTOR ALFONZO SOJO CAMPOS, titular de la Cédula de Identidad Numero 17.042.498, de conformidad con el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del articulo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. este Tribunal visto que no es contrario a derecho , este Juzgado se pronuncia de la siguiente manera.

HOMOLOGACION

En virtud de lo anteriormente expuesto y de conformidad con lo establecido en los artículos 263 del Código de Procedimiento Civil por remisión del artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo este Juzgado Décimo de Sustanciación, Mediación y Ejecución actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley DECLARA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. Se ordena el cierre y archivo del presente expediente ..- PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION.-




LA JUEZA,


VILMARIZ LUCERO CASTRO PAZ




EL SECRETARIO,



ABG. CARLOS VALERO.