REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
TRIBUNAL TERCERO DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DE LA COORDINACIÓN LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, siete de enero de dos mil once
200º y 151º
ASUNTO: DP11-L-2010-001264
PARTE ACTORA: ciudadanas ALEIDA MARGOT VARGAS, KARINA MARGARITA BOLIVAR GARCIA, CARMEN ELENA PALMA FLORES y DALIA MORAIMA ASCANIO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 14.870.088, V-18.390.416, V-12.840.252 y V-9.884.756, respectivamente.
APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: KATERINE ANGELICA SANCHEZ ALVAREZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo el No.55.018.
PARTE DEMANDADA: ALCALDIA DEL MUNICIPIO CAMATAGUA DEL ESTADO ARAGUA
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES
En el día hábil de hoy viernes, en la fecha arriba señalada, siendo las 10:00 a.m, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar. La ciudadana Jueza hace constar que no se presento la parte actora ciudadanas ALEIDA MARGOT VARGAS, KARINA MARGARITA BOLIVAR GARCIA, CARMEN ELENA PALMA FLORES y DALIA MORAIMA ASCANIO, venezolanas, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V- 14.870.088, V-18.390.416, V-12.840.252 y V-9.884.756, respectivamente, ni por si ni por medio de abogado.
Al respecto, la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, establece en el artículo 130, parágrafo primero:
“El desistimiento del procedimiento solamente extingue la instancia, pero el demandante no podrá volver a proponer la demanda antes que transcurran noventa días continuos”
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