REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN,
MEDIACIÒN Y EJECUCIÒN DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL LABORAL DEL ESTADO ARAGUA
Maracay, 25 de Enero de 2011
200º y 151º
ASUNTO:
Visto el contenido del acuerdo transaccional presentado por el ciudadano JOSÉ GREGORIO ARAUJO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro. 12.573.255, actuando debidamente asistido por la abogada PEGGY SIMOZA, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro 48.879, en su carácter de parte actora, y por la parte demandada: Sociedad mercantil “PRODUCTORA DE PERFILES, C.A. (PROPERCA)”, inscrita en el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda en fecha 19 de Septiembre de 1989, bajo el Nro 25, tomo: 116-A, a través de su apoderado, el abogado CARLOS AUGUSTO LÓPEZ DAMIANI, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 75.216, este TRIBUNAL CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÒN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN, en virtud de que el mismo no es contrario a derecho y en aplicación de las normas contenidas en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 de su Reglamento, 5, 6 y 11 del la Ley Orgánica Procesal del Trabajo y 255 al 262 del Código de Procedimiento Civil el cual se aplica por vía de analogía, se imparte en este acto la HOMOLOGACION JUDICIAL, dándole efecto de cosa juzgada y se ordena el cierre y archivo del expediente.
LA JUEZA,
ABG. SORY DEL VALLE MAITA GONZÁLEZ
LA SECRETARIA,
ABG. LISENKA CASTILLO
SM/LC/Yg
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