Comisión 05471
ASOCIACION COOPERATIVA REXDIMERP, RL/SOCIEDAD MERCANTIL MARVEL ST, C.A (CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS)
En horas de Despacho del día de hoy 22 de Febrero de 2011, siendo las 10:00 a.m., se traslado el Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Maturín, Punceres, Bolívar, Piar y Santa Bárbara de la Circunscripción Judicial del Estado Monagas, acompañado por la Abogada en ejercicio MIRIAM MARCANO RAMOS, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 50.663, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandante, ASOCIACION COOPERATIVA REXDIMERP, RL, intentado contra la SOCIEDAD MERCANTIL MARVEL ST, C.A (CONSTRUCCIONES Y PROYECTOS), a los fines de practicar la medida de Ejecución Forzosa, sobre fondos que existe en la cuenta corriente Nº 01050014111014628628, hasta cubrir la cantidad de DOSCIENTOS TRES MIL DOSCIENTOS TREINTA Y CUATRO CON SETECIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. F, 203.234,759), en el juicio de COBRO DE BOLIVARES (VIA INTIMACION), y siendo las 11:00 a.m., se constituyo el Tribunal por señalamiento de la parte actora en la sede del Banco Mercantil, ubicado en la calle Monagas, cruce con Girardot de esta ciudad de Maturín, Estado Monagas.- Presente AMARILIS TIBISAY DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº V- 10.388.452, en su carácter de Coordinadora de Servicios a quien el Tribunal le notificó de su misión.- Acto seguido interviene la parte actora y expone: “ Señalo para ser Embargado Ejecutivamente el dinero que reposa en la Cuenta Corriente Nº 01050014111014628628. y me reservo el derecho de seguir embargando si la cuenta señalada no posee suficientes fondos.- Acto seguido interviene la persona notificada y expone: Si efectivamente la cuenta señalada posee el siguiente fondo la cantidad de CIENTO SEIS MIL BOLIVARES (106.000,00) y pertenece a la empresa.- Seguidamente interviene el Tribunal: en cumplimiento con lo ordenado por el Tribunal Comitente declara: Embargado Ejecutivamente la cantidad de CIENTO SEIS ÑIL BOLIVARES (106.000,00), perteneciente a la empresa demandada y acuerda de conformidad y asimismo le hace saber a la persona notificada que deberá librar en este acto Cheque de Gerencia por el monto señalado que reposa en la cuenta supra señalada, a favor del Tribunal Comitente Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Monagas.- en este acto interviene la persona notificada y expone “ Consigno en este acto Cheque de Gerencia Nº 87105067 librado a favor del Tribunal Comitente Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil de la Circunscripción del Estado Monagas por un monto de CIENTO SEIS MIL BOLIVARES (106.000,00) de fecha 22 de febrero de 2011, del Banco Mercantil, todo de conformidad con lo ordenado por el Tribunal en funciones.- Seguidamente el Tribunal recibe conforme el Cheque consignado por la persona notificada y sin más diligencias que practicar el da por concluido el presente acto dejando constancia que la practica de la presente medida no genero arancel o tasa alguna por parte de Tribunal de conformidad con lo establecido el los artículos 26 y 254 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.- Terminó, se leyó y conformes firman, siendo las 12:10 m .-
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