REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
TRIBUNAL SUPERIOR CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CENTRAL
CON SEDE EN MARACAY, ESTADO ARAGUA
Maracay, tres (03) de febrero de dos mil once (2011).
200° y 151°
Estando dentro de la oportunidad legal para que este tribunal superior, dicte el dispositivo del fallo, en el presente Recurso de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana ELSY MARIA MORILLO AGUIRRE, titular de la cedula de identidad N° 12.140.049, contra la GOBERNACION DEL ESTADO ARAGUA, pasa de seguidas a hacerlo en los términos siguientes:
PRIMERO: Declara Parcialmente Con lugar, el presente Recurso de Amparo Constitucional, interpuesto por la ciudadana ELSY MARIA MORILLO AGUIRRE, titular de la cedula de identidad N° 12.140.049, contra la GOBERNACION DEL ESTADO ARAGUA.
SEGUNDO: Ordena a cancelar la diferencia de sueldos a que hubiere lugar conforme al pedimento de la accionante, para lo cual se ordena la experticia complementaria del fallo, en los términos expresados en el texto integro de sentencia.
LA JUEZ SUPERIOR TITULAR,
DRA. MARGARITA GARCIA SALAZAR.
LA SECRETARIA,
ABOG. ANNY GARRIDO
Exp. No. 10.653
MGS/AG.
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