REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Noveno (19°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diecisiete (17) de febrero de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2011-000041
Visto el escrito de transacción presentado en fecha 15 de febrero de 2011, por la parte oferida ciudadano ROBERTO JOSE CASTRO GUERRERO, titular de la cedula de identidad N°V- 11.735.411, asistido por el abogado GLEN MOLINA inscrito en el IPSA N° 54.529, y la abogada MILITZA GONZALEZ, inscrito en el I.P.S.A. N° 63.215 en su carácter de apoderada Judicial de la parte oferente CONSORCIO PACIFIC RIM ENERGY, C.A., a través del cual con la finalidad de poner término al procedimiento por oferta real de pago que cursa ante este Tribunal, las partes han transado por la cantidad de BOLIVARES NUEVE MIL SETECINETO TREINTA Y OCHO CON CUARENTA CENTIMOS (Bs. 9.738,40), este Juzgado Décimo Noveno de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, observa que la misma cumple con los requisitos establecidos en el artículo 03 de la Ley Orgánica del Trabajo y 9 y 10 de su Reglamento en consecuencia, HOMOLOGA DICHA TRANSACCIÓN, en todos y cada uno de los términos en que fue expuesta, asimismo se acuerdan las copias certificadas solicitadas de conformidad con lo establecido en el articulo 21 ordinal 3 de la Ley Orgánica de Procesal del Trabajo, y a los fines de su certificación este Tribunal insta a la parte solicitante a que consigne los fotostatos simples a los fines de su certificación. Así se establece.
La Juez
La Secretaria
Abg. Jhacnini Torres
Abg. María Dávila
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