REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR TERCERO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL
DE LA REGIÓN CAPITAL

Mediante escrito presentado en fecha trece (13) de julio de dos mil diez (2010), ante el Tribunal Superior Noveno de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital (Distribuidor), la ciudadana CARMEN ELENA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.420.891, asistida por el abogado LUIS TÉLLEZ CÁRDENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.370, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra la ALCALDÍA METROPOLITANA DE CARACAS, siendo recibido por este Juzgado en fecha trece (13) de julio de dos mil diez (2010).
En fecha dieciséis (16) de julio de dos mil diez (2010), se admitió el recurso contencioso administrativo funcionarial ordenándose emplazar al ALCALDE DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS.
En fecha veintidós (22) de septiembre de dos mil diez (2010), la representación judicial del organismo querellado, consignó escrito de contestación a la querella.
En fecha veintiséis (26) de octubre de dos mil diez (2010), tuvo lugar la audiencia preliminar, y el día tres (03) de noviembre de dos mil diez (2010), se celebró la audiencia definitiva.
En fecha veinte (20) de enero de dos mil once (2011), el abogado LUIS TÉLLEZ CÁRDENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.370, en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana CARMEN ELENA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.420.891, y el abogado JAIKER JOSÉ MENDOZA REGALADO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 59.749, en su carácter de apoderado judicial de la ALCALDÍA METROPOLITANA DE CARACAS, realizaron un covenimiento para dar por terminado el presente procedimiento, como resultado de la conciliación originada en la Mesa de Trabajo impulsada por el Juzgado Superior Segundo en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, en fecha dieciséis (16) de noviembre de dos mil diez (2010).

CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
Revisadas como han sido las precedentes actuaciones, este Juzgador observa que el convenimiento del presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la ciudadana CARMEN ELENA RODRÍGUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.420.891, asistida por el abogado LUIS TÉLLEZ CÁRDENAS, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 33.370, contra la ALCALDÍA METROPOLITANA DE CARACAS, no es contraria a derecho, ni a las buenas costumbres, por lo tanto imparte su HOMOLOGACIÓN, y ordena el archivo del presente expediente y así se decide.

DECISIÓN
Por las razones expuestas este Juzgado Superior Tercero en lo Civil Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA EL CONVENIMIENTO realizado por ambas partes en el presente juicio, da por concluido el proceso y ordena se archive el expediente judicial

NOTIFÍQUESE, PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, firmada y sellada en la Sala del despacho del Juzgado Superior Tercero en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, en Caracas, a los Diez (10) días del mes de febrero del año dos mil once (2011). Años: 200º de la Independencia y 151º de la Federación.
EL JUEZ PROVISORIO,

MSc. EDGAR MOYA MILLÁN
ABOGADO
LA SECRETARIA ACC.,

Abg. DELIA FLORES RUEDA

En esta misma fecha siendo las 3:00 PM., se registró y publicó la anterior decisión.

LA SECRETARIA ACC.,

Abg. DELIA FLORES RUEDA


EMM
Exp. 6624