REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA




EN SU NOMBRE
TRIBUNAL TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y AGRARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA.
PARTE ACTORA: FLOR MARIA GARCIA DE RAMOS Y OTROS
PARTE DEMANDADA: MINERVA LILIANA BOLIVAR
MOTIVO: NULIDAD DE TITUTO SUPLETORIO
EXPEDIENTE: Nº 14256 (DECLINATORIA).-
Maracay, 02 de febrero de 2011
200° Y 151°
Revisadas como han sido las actuaciones que conforman el presente expediente y por cuanto del estudio del mismo se observa que la demanda presentada por la abogado en ejercicio ANA MILAGROS VASQUEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 25.963, en su carácter de Apoderada Judicial de los ciudadanos FLOR MARIA GARCIA DE RAMOS, PEDRO ANTONIO GARCIA y otros, contra MINERVA LILIANA BOLIVAR, que el inmueble objeto del presente juicio se encuentra ubicado EN LA CALLE MIRANDA S/N PARROQUIA MAGDALENO, MUNICIPIO AUTÓNOMO EZEQUIEL ZAMORA DEL ESTADO ARAGUA, este Tribunal se declara INCOMPETENTE, para conocer del presente juicio, en virtud de la Competencia Territorial, todo de conformidad con la Resolución 486, de fecha 4 de Julio de 1.990, del Extinto Consejo de La Judicatura, en consecuencia remítase el presente expediente en original al Juzgado Distribuidor Primero de Primera Instancia en lo Civil y Mercantil del Estado Aragua a lo fines de su distribución.- Líbrese oficio
EL JUEZ
ABG. RAMON CAMACARO PARRA
EL SECRETARIO
ABG. ANTONIO HERNANDEZ

RCP/nury
EXP N° 14.256