REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGION CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Quince (15) de Febrero de Dos Mil Once (2011).
200° y 150°

Vista la sentencia dictada en fecha veintiocho (28) de enero del presente año, por este Órgano Jurisdiccional que declaró Inadmisible por Caducidad el presente Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial, interpuesto por el abogado Omar Jesús Alvarado Meza, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 51.434, actuando con el carácter de apoderado judicial de la ciudadana Josefa Antonia Díaz Guerra, titular de la cédula de identidad Nº 4.051.240, contra la Universidad Central de Venezuela, y por cuanto, hasta la presente fecha la parte recurrente no ha ejercido recurso alguno en contra de la referida decisión, transcurriendo con creces el lapso para ello, en consecuencia, este Juzgado considera pertinente ordenar el archivo del presente expediente en la sede del Tribunal, el mismo consta de cuarenta y cuatro(44) folios útiles en su única pieza.
EL JUEZ
Abg. JOSÉ VALENTIN TORRES
LA SECRETARIA
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ
Exp. 1553/JVTR/EF/WR/Franyi