REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
TRIBUNAL SUPERIOR OCTAVO DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL, con sede en Caracas. Caracas, Dos (02) de Febrero de Dos Mil Once (2011).
200° y 151°
Visto el Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por la abogada María Teresa González R., inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 25.200, actuando con el carácter de apoderada judicial del ciudadano RAFAEL ZAMBRANO PÉREZ, titular de la cédula de identidad Nº 8.365.668, contra el INSTITUTO NACIONAL DE CANALIZACIONES, adscrito al Ministerio del Poder Popular para la Infraestructura. Este Órgano Jurisdiccional lo ADMITE en cuanto ha lugar en derecho, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 98 y 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública. Procédase a la citación de la ciudadana Procuradora General de la República, a fin de dar contestación a la presente querella en un lapso de quince (15) días de despacho siguientes contados a partir de la fecha en que conste en autos su citación, luego de haber transcurrido el lapso de quince (15) días hábiles de conformidad con lo establecido en el artículo 82 del Decreto con Rango, Valor y Fuerza de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República. En aras de la celeridad procesal de conformidad con el artículo 99 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, se solicita el expediente administrativo del querellante, el cual debe consignarse en copias debidamente certificadas y foliadas. Notifíquese al Presidente del Instituto Nacional de Canalizaciones. Líbrense oficios y anéxense las copias certificadas y simples respectivas.
EL JUEZ
LA SECRETARIA
Abg. JOSÉ VALENTÍN TORRES R.
Abg. EGLYS FERNÁNDEZ T.
Exp. 1564/JVTR/EFT/WR/FM.-